Clausurarán aquellos comercios que tengan empleados en negro
Una resolución de la AFIP establece nuevas sanciones a empleadores reincidentes que no cumplan con obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social.
Operativos trabajo en negro
- Dichas infracciones involucren a dos o más trabajadores y alguno de ellos no haya sido incluido en alguna de las declaraciones juradas determinativas que hubiere correspondido presentar en el transcurso de la relación laboral y la omisión no se haya subsanado con anterioridad a la fecha de la audiencia aludida en el artículo anterior.
- El empleador haya sido sancionado por cualquier tipo de infracción —formal o material— cometida con relación a las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, dentro de los cinco años anteriores a la fecha del acta respectiva.
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