Javier Milei ahora vetó la Ley ATN
El Presidente continúa con sus objeciones a leyes aprobadas en el Congreso, tal cual su anuncio tras la reciente paliza electoral de no negociar "el rumbo" del Gobierno.
Tras hacerlo el miércoles con la Ley de Financiamiento Universitario y la Ley de Emergencia Pediátrica, este jueves el presidente Javier Milei vetó de forma total la ley que establece la coparticipación de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN).
Se trata de la objeción total al Proyecto de Ley Nº 27.794, que fue formalizado a través del Decreto 652/2025, tras ser aprobado en el Congreso. Buscaba modificar el régimen de los ATN, un fondo creado con la finalidad de atender "desequilibrios financieros y situaciones de emergencia" de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sin dudas representa un duro golpe para los gobernadores, que esperaban esta normativa para asegurar fondos y reducir la discrecionalidad en su asignación, lo que abre camino a una nueva confrontación casi en simultáneo con el reciente llamado a una "mesa federal".
En los considerandos del veto, el Gobierno libertario argumentó que el Fondo de ATN fue instituido con una "finalidad específica" de atender emergencias y desequilibrios financieros, bajo la asignación del entonces Ministerio del Interior (actual Vicejefatura de Gabinete del Interior).
“Dichos aportes consisten en un fondo complementario del régimen automático de coparticipación, destinado a preservar el equilibrio federal frente a contingencias excepcionales”, aseguró el documento que firmó el jefe de Estado.
Como ejemplos, el documento menciona la asistencia a provincias durante la pandemia de COVID-19 y las emergencias hídricas y económicas de 2024 y 2025. El gobierno sostiene que quitarle esta herramienta de acción inmediata al Estado es un "menoscabo concreto" a sus facultades.
Además, el escrito hace hincapié en que la verdadera solución al problema del reparto fiscal no está en reformas parciales, sino en un consenso amplio y duradero. Por último, establece que el veto es una facultad constitucional del Presidente, la cual es necesaria para evitar que una ley, cuya finalidad es financiar gasto corriente de las provincias, entre en vigencia.
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