Consejo de la Magistratura: Constitucionalistas defienden la reforma

Política

Luego de la promulgación de la ley que despertó fuertes críticas entre los principales referentes de la oposición, tres especialistas en la materia ratificaron la legitimidad de la reforma y desestimaron el alcance de las impugnaciones presentadas ante la justicia.

A la andanada de presentaciones judiciales contra la reforma del Consejo de la Magistratura encabezada por referentes de la oposición al gobierno nacional, distintos abogados constitucionalistas refrendaron este martes la validez de la norma que fue promulgada a comienzos de la semana.

En ese sentido, Roberto Boico aseguró que las presentaciones judiciales son en realidad "objeciones ideológicas que no conforman cuestionamientos constitucionales". "La reforma del Consejo de la Magistratura tiene una rigurosidad constitucional que le impide agresiones poco solventes" explicó Boico.

La reforma aprobada en el Congreso de la Nación eleva el número de los integrantes del Consejo de la magistratura de 13 a 19, 12 de los cuales serán elegidos por el voto popular en las elecciones de octubre próximo.

Precisamente una de las objeciones presentadas por la oposición ante la justicia es la supuesta falta de potestad del Congreso para establecer elecciones populares. Al respecto Boico aseguró que "la grilla de competencias que fija el artículo 75 de la Constitución en su inciso 32 permite sancionar todas las normas que sirvan para poner en funcionamiento las instituciones de la Nación, es decir que al no prohibirlo, lo permite".

Por su parte Eduardo Barcesat consideró este martes que "los amparos contra la reforma del Consejo de la Magistratura incumplen la ley de cautelares" y advirtió que con estas presentaciones la oposición "está tratando de ganar en la justicia lo que se perdió en el Congreso".

"Se puede plantear la declaración de inconstitucionalidad y tratar de obtener una sentencia, pero lo que no se puede hacer –que está en contradicción con la ley de medidas cautelares- es plantear lo mismo por vía de medida cautelar y como petición de fondo", explicó el letrado y adelantó que "si esta es la postura" de las presentaciones realizadas por la oposición, entonces "deben ser rechazadas in limine por no reunir los requisitos que la ley establece".

Barcesat recalcó además que "para declarar una inconstitucionalidad el plazo es breve, de manera que no se requiere cautelar y ni hay ninguna urgencia de por medio que habilite el dictado de una cautelar previa a esa sentencia de fondo".

En tanto, el abogado constitucionalista y titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho en la Universidad de Buenos Aires (UBA) Raúl Gustavo Ferreyra, evaluó que "en los últimos 15 años se ha consolidado la idea que los jueces pueden controlar todo, o mejor dicho: todo puede ser controlado judicialmente" y advirtió que "cada día se amplía más y más la frontera de la judiciabilidad de la política" lo que lleva a que quienes pierden la votación en el Congreso acudan a los tribunales para revertir la votación".

En ese sentido Ferreyra explicó que "no existe ninguna autoridad bajo la cual las corporaciones sientan más protegidos sus derechos que la desenvuelta bajo el poder de los jueces" al tiempo que "las políticas de las corporaciones se promueven, siempre, quitando el poder de las agencias políticas del gobierno, en las que el pueblo tiene representación directa y control ciudadano".

Consecuentemente siguió Ferreyra, "las corporaciones acumulan poder en lugares en los que la ciudadanía que integra el pueblo no tiene ninguno porque nunca accedió o porque se lo negaron"
Y concluyó, "la defensa de esta soberanía ciudadana constituye el reto de defender lo legislado en democracia, lo hecho y facturado por el Congreso".

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