La Corte Suprema rechazó reponer a Cabral en la sala I de Casación

Política

El máximo tribunal del país rechazó por unanimidad el recurso presentado por el fiscal Raúl Pleé para que definiera si el juez Luis maría Cabral estaba en condiciones de expedirse en la causa sobre el Memorándum de Entendimiento con Irán.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este martes por unanimidad el pedido del fiscal Raúl Pleé para que ese tribunal resolviera si el juez Luis María Cabral estaba en condiciones de expedirse en la causa que busca determinar la constitucionalidad del Memorándum de Entendimiento con Irán.

Los ministros de la Corte rechazaron por improcedente el planteo de Plée, quien pretendía que Cabral falle en la causa en la que se debe dar una definición sobre si es constitucional o no el Memorandum con Irán. La Corte consideró que, conforme a numerosos precedentes, no es posible analizar el caso por via de superintendencia, tal como lo solicitaba Pleé, explicaron las fuentes consultadas.

"Existe una extensa jurisprudencia que el peticionante no puede desconocer, en la que se dice que los pronunciamientos de esa índole solo pueden adoptarse en la causa concreta en que la cuestión se debate y mediante los recursos legales correspondientes", sostuvo la Corte en su resolución.

Más, aún, indicó el alto tribunal, existe un antecedente en relación al mismo magistrado, "que tampoco puede ignorar el fiscal peticionante". En ese sentido, la Corte recordó que el 30 de abril de 2013, hubo un pedido presentado por el Fiscal General a cargo de la Unidad de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos, Jorge E. Auat, y el presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Horacio Verbitsky, "mediante el cual solicitaron la intervención del Tribunal a fin de que deje sin efecto la designación del magistrado Luis María Cabral como juez subrogante de la Cámara Federal de Casación Penal por considerar anómalo el procedimiento llevado a cabo al efecto".

Ese pedido fue rechazado por esta Corte con el argumento de que la vía de superintendencia no permite este tipo de decisiones, que sólo son posible en una causa judicial. Esa regla jurídica "no puede ser soslayada en el presente caso, en que se pretende que, por vía también de superintendencia, adopte una decisión respecto de la subrogación del Dr. Cabral", advirtió la Corte.

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Cabral fue removido por el Consejo de la Magistratura de la subrogancia de la Sala I de la Cámara de Casación, y este martes debía intervenir en la resolución final por el Memorándum.

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Pleé pidió a la Corte "acotar el alcance que debe dársele a la Resolución del Consejo de la Magistratura (que removió a Cabral) y disponga que en aquellos procesos en los que Cabral participó de las audiencias de debate continúe ejerciendo su función de Juez Natural junto a los otros dos vocales integrantes de la Sala de que se trate, hasta el dictado de las respectivas sentencias".

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En tanto, la Cámara de Casación confirmó la nueva integración del máximo tribunal penal, de acuerdo a lo decidido la semana pasada por el Consejo de la Magistratura y ya dispuso fecha para tomar juramento a los nuevos jueces de Casación subrogantes.




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