Una Cámara Federal de Casación Penal ratificó la inconstitucionalidad de la perpetua dictada a menores de edad y ahora tendrán nueva sentencia.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por la doctora Ángela Ester Ledesma, Alejandro Slokar y Ana María Figueroa, resolvió reducir las penas de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, quienes en 1999 habían sido condenados a prisión y reclusión perpetuas.
Al tomar la decisión, se invocó el informe 172/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que concluyó que el Estado argentino había violado el derecho al recurso y la Convención sobre los Derechos del Niño al imponer penas correspondientes a ciudadanos adultos cuando, en realidad, al momento de los hechos eran menores de edad.
En esa línea, el máximo tribunal penal declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 inciso 7° del Código Penal en orden a la pena de prisión perpetua prevista con relación a niños, niñas y adolescentes por lesionar la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad.
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La Justicia anuló, entonces, las sentencias recurridas y ordenó remitir la causa al Tribunal Oral de Menores número 1 para que fije una nueva sanción de acuerdo a los parámetros expuestos en la sentencia y en el informe 172/10.
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-Qué delitos habían cometido los condenados
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César Alberto Mendoza: robo calificado por haber sido perpetrado con armas en cuatro oportunidades, una de ellas en grado de tentativa; y dos homicidios calificados.
Claudio David Núñez: homicidio calificado reiterado en cinco oportunidades; robo agravado por el uso de armas reiterado en ocho oportunidades, dos de ellos en grado de tentativa; tenencia ilegítima de armas de guerra y asociación ilícita.
Lucas Matías Mendoza: homicidio calificado reiterado en dos oportunidades; robo agravado por el uso de armas reiterado en ocho oportunidades, uno de ellos en grado de tentativa; asociación ilícita y tenencia ilegítima de arma de guerra.
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