Más ajuste: Javier Milei abrió un plan de retiros voluntarios para los trabajadores del INTA

Política

En el marco del ajuste que impulsa desde su desembarco en el Estado, Javier Milei apuesta ahora a vaciar el INTA y reducir en casi un tercio su planta de trabajadores.

El gobierno de Javier Milei avanza en el ajuSte del Estado y llevó ahora su ajuste al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). Así quedó plasmado en la Resolución 144/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de dicho organismo, Nicolas Bronzovich.

Allí, el gobierno libertario aprobó un nuevo plan de retiros voluntarios para reducir la planta de trabajadores en un 26%.

INTA

Se trata del segundo plan de retiros voluntarios que se abre en el INTA ante la imposibilidad del gobierno libertario de avanzar con despidos directos gracias a la férrea resistencia que opusieron tanto universidades de todo el país como las entidades rurales integradas al Consejo Directivo Nacional del INTA.

El primero de ello se abrió a fines de 2024 y no cumplió con las expectativas de los funcionarios libertarios ya que apenas se plegaron a esa oportunidad unos 300 trabajadores.

Según consignó el sitio especializado Bichos de campo, en la actualidad la planta de trabajadores ronda las 5.800 personas y el gobierno considera que debe llevarse a 4.300, "recargando las tintas sobre todo en el cierre de Agencias de Extensión, el histórico brazo del INTA que se ocupa de ser polea de transmisión de los conocimientos generados hacia los productores".

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Javier Milei con la motosierra.

Javier Milei con la motosierra.

Para alcanzar sus objetivos, INTA propone acogerse al retiro "en forma voluntaria los agentes de planta permanente del INTA que, al 30 de abril de 2026, registraren en dicha condición de revista una antigüedad mínima de tres años y no se encontraren comprendidos dentro de las exclusiones establecidas en el artículo 2°” del mismo reglamento. Esto implica, para empezar, que los militantes libertarios que ingresaron con este gobierno no podrán hacer uso de ese mecanismo".

Entre las condiciones excluyentes previstas en el plan de retiros se cuentan:

  • Haber cumplido la edad de 65 años antes del 30 de abril de 2026.
  • Revestir la condición de procesado o imputado citado a prestar declaración.
  • Haber sido convocado a prestar declaración en calidad de imputado o sumariado en un procedimiento disciplinario por la comisión de faltas graves.
  • Estar sujeto a un procedimiento administrativo o judicial de determinación de responsabilidad patrimonial, o haber sido condenado por tal circunstancia.
  • Que haya iniciado los trámites jubilatorios, retiro u otra prestación equivalente cualquiera fuera su origen.
  • Que hubiere presentado su renuncia con anterioridad.

El reglamento aclara que “la adhesión al presente régimen no genera derecho a su otorgamiento, quedando sujeta a la evaluación y aprobación por parte del INTA”, que intentará tener un reaseguro para que no se le vayan sus mejores elementos. Para quienes atraviesen ese filtro, se promete una “Gratificación extraordinaria de egreso” que será de "1,5 veces la remuneración bruta mensual, normal, habitual y permanente, por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, computada al 30 de abril de 2026, considerando los servicios prestados en el desempeño de relaciones de empleo público en carácter de agente de planta permanente en la Administración Pública Nacional".

Despidos en el Estado.jpeg

Este mecanismo se aplicará a los trabajadores que acepten retirarse y tengan hasta 60 años. Para los mayores de esa edad “la gratificación quedará determinada por la aplicación del tope del equivalente a 24 haberes brutos”. Es decir que se pone un tope. Para quienes tienen 64 o más, en tanto, el tope será de solo 12 meses, pues el gobierno entiende que están muy cerca de la jubilación.

“El tiempo de desempeño como becario no será computable a los efectos de la determinación de la gratificación prevista en el artículo anterior. Tampoco resultará computable el tiempo de servicio en las categorías comprendidas en la Ley N° 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional que hubiera sido previamente indemnizado por un retiro voluntario anterior u otra desvinculación que hubiera dado lugar al pago de una indemnización o compensación económica por extinción del vínculo”, se aclara.

El INTA, a través de este reglamento, se comprometió a pagar esa indemnización “en un solo pago, dentro de los 30 días de la fecha de cese, de conformidad con la normativa fiscal y previsional vigente”.

Resolución 144/2026:

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