Qué dice la Ley de Financiamiento Universitario que el Gobierno mantiene en suspenso a pesar de la Justicia

Política

La gestión de Javier Milei llegó hasta la Corte Suprema con el planteo para suspender la norma por entender que le causa "grave perjuicio al Estado".

La recomposición que necesitan los docentes y el personal no docente de las universidades nacionales ya no es sólo en materia de salarios sino también simbólica: el Congreso aprobó en 2024 la Ley de Financiamiento Universitario y desde entonces el Gobierno intenta dejar en suspenso la norma por la vía legal.

El paso más reciente del Ejecutivo, que encabeza Javier Milei, fue presentar un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema para dejar sin efecto los artículos 5 y 6 de la ley al entender que provocan un "grave e irreparable perjuicio al Estado".

El artículo 5 de la Ley 27.795 estipula que "el Poder Ejecutivo nacional deberá actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1º/12/2023 hasta la sanción de la presente ley".

En el artículo 6 se establece la "recomposición y actualización automática de las becas estudiantiles", como las de los programas estatales Progresar, Carreras Estratégicas Manuel Belgrano y Enfermería.

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Foto gentileza: Camila Alonso Suarez

Foto gentileza: Camila Alonso Suarez

De hecho, en el artículo 3 de la ley consta que el Gobierno "actualizará al 1º de enero de 2025" la partida presupuestaria para las universidades públicas nacionales, cosa que de hecho ya quedó obsoleta, al igualque el artículo 4, con su "recomposición presupuestaria bimestral de 2025".

En el art 7° se establece que "el Poder Ejecutivo nacional destinará una partida especial en el corriente año, para regularizar los correspondientes ingresos a la carrera de Investigador Científico y otorgar las becas tanto de ingresantes como posdoctorales", y en el 8°, que la Auditoría General de la Nación "realizará el control administrativo externo de las instituciones universitarias de gestión estatal".

Pero ni siquiera la perspectiva de un "seguimiento y control" activó al Gobierno, que se niega a reglamentarla a tal punto que al aprobar el primer Presupuesto del mandato de Javier Milei, en 2026, se incluyeron artículos que limitaban los de la norma en suspenso.

Así se llegó a mayo de 2026 con presupuestos mínimamente actualizados desde 2023, y con una medida cautelar que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) logró ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

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Foto gentileza: Camila Alonso Suarez

Foto gentileza: Camila Alonso Suarez

La explicación del Gobierno en su recurso extraordinario ante la Corte Suprema es que el texto aprobado de la norma no prevé de dónde saldrán los fondos para cumplir con esas obligaciones.

Pero en el artículo 9° se estipula que Javier Milei dispondrá "los créditos presupuestarios para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios y en consecuencia a ello, la adecuación de partidas presupuestarias a fin de actualizar al 1º de enero de 2025 el presupuesto correspondiente a las universidades públicas, sin impactar sobre la distribución de la coparticipación federal de impuestos a las provincias ni a los aportes del Tesoro nacional".

"Asimismo, la presente ley podrá financiarse con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados (o prorrogados) como ingresos", marca la norma que sigue sin entrar en vigencia.

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