Revés para Cristina Kirchner: Casación rechazó sus planteos para evitar la ejecución de bienes

Política

La Sala IV confirmó que el TOF 2, que condenó a la expresidenta, debe encargarse de llevar adelante el multimillonario decomiso establecido en la sentencia.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes que el Tribunal Oral Federal N°2 será el encargado de llevar adelante el multimillonario decomiso establecido en la sentencia por la causa Vialidad, que condenó a Cristina Fernández de Kirchner.

La defensa de la expresidenta había planteado la incompetencia del TOF 2 al señalar que el tema correspondía al fuero Comercial Federal. Mientras la de Lázaro Báez, condenado en la misma causa, postuló que sus bienes ya estaban cautelados ante el Tribunal Oral Federal N°4 en la causa por la “ruta del dinero”, donde tiene una condena firme por lavado de activos.

Como se sabe, Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta y cumple arresto domiciliario luego que el fallo quedara firme en la Corte Suprema. Báez, en tanto, tiene una condena unificada a 15 años de prisión por la causa Vialidad y en la llamada “ruta del dinero”.

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Los argumentos de los jueces de Casación

Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron los recursos presentados por las defensas de la expresidenta y de Báez, confirmando que corresponde al Tribunal que llevó adelante el juicio avanzar en el decomiso fijado en la sentencia y que, actualizado, asciende a $684.990.350.139,86.

En la resolución se advierte que el decomiso del producto de un hecho delictivo “se ha transformado en un eslabón central de una investigación penal, situación que obliga a los distintos operadores judiciales a efectuar responsables, precisas e incisivas investigaciones patrimoniales a tal fin”.

“En otras palabras, se impone a los magistrados la obligación de proceder a la confiscación no sólo de las cosas que han servido para cometer el hecho delictivo sino también de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho de ese delito”, sostuvo en su voto el juez Hornos.

Por su parte, Borinsky remarcó que la resolución apelada “no vulnera las garantías invocadas, no comporta un exceso de jurisdicción ni se aparta del marco normativo aplicable; por el contrario, se adecua a los principios que rigen la ejecución de penas pecuniarias. Por ello, los agravios deducidos por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner no pueden prosperar”, concluyó.

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