AFIP: las personas que no están obligadas a pagar el Monotributo 2024

Sociedad

Algunas personas inscriptas en el organismo podrán disfrutar de no abonar las cuotas debidas. Conocé en detalle si te toca.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó cambios en el monotributo actual, la cuota fija que contiene impuestos y aportes para la jubilación junto a la obra social. Debido a estos cambios, algunos quedarán exentos de pagarlo.

Está enmarcado en la Ley 27.743 denominada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” aprobada en el mes de junio por el Congreso nacional y que es una herramienta esencial para el organismo tributario que conduce Florencia Mishari.

Uno a uno los grupos que no deberán pagar el Monotributo

Las siguientes personas que no deberán abonar este incremento en el noveno mes del año serán las siguientes:

  • Trabajadores independientes promovidos
  • Asociados a cooperativas: están exentos siempre que sus ingresos brutos no superen el máximo establecido para la categoría A.
  • Locadores de bienes inmuebles: quienes se dediquen exclusivamente al alquiler de inmuebles (sin importar el destino del bien) y mantengan en locación no más de dos propiedades
  • Inscriptos en el Registro Nacional de Efectores: mientras sus ingresos brutos no excedan los valores de la categoría A, no deben pagar el impuesto.
  • Productores primarios: aquellos cuya actividad principal sea el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate o té, y cuyos ingresos brutos no superen los valores de la categoría D, quedan exceptuados.

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