Confirman el procesamiento de Jorge Mangeri, pero le "bajan" la carátula a homicidio simple
La Cámara del Crimen rechazó los pedidos de nulidad realizados por la defensa del portero, que seguirá detenido. Le quitaron el agravante de alevosía, por lo que la pena de condena podría ser menor.
"Descartamos, por lo menos a esta altura de la investigación, que M. hubiera ideado un plan tendiente a disimular, de modo traicionero, sus intenciones para quebrar la confianza de A. R. y, en ese contexto, aprovecharse de su estado de indefensión para impedir cualquier acto de defensa por parte de aquél", argumentó la Cámara para quitar el agravante de la alevosía.
La Cámara tomó en consideración el informe pericial dispuesto por el juez y practicado por el Servicio de Genética del Cuerpo Médico Forense, que fue ordenado con posterioridad al procesamiento de primera instancia y corrobora la autoría de Mangeri.
Para los camaristas, "una de las últimas acciones de la chica fue defenderse del ataque de su agresor y, de ese modo, se habría producido la transferencia del material genético encontrado, posteriormente, en el cadáver".
Por esa razón, para la Cámara las lesiones que tenía Manteri fueron provocadas por Ángeles cuando se defendía de un ataque físico por parte del portero.
"A criterio del Tribunal, en estas actuaciones se verifican datos positivos y ciertos (indicios) que habilitan a presumir con un alto grado de probabilidad la participación del imputado en el hecho típico con el grado de convicción que requiere este estado del proceso que impone evaluar la situación probatoria conforme esta etapa incipiente", sostuvo la Cámara en la resolución.-
Luego la Cámara del Crimen relata que el 10 de junio Ángeles nunca volvió a su domicilio luego de partir hacia una clase de gimnasia y resalta la filmación de la cámara de seguridad del edificio lindero al de la calle Ravignani donde vivía la joven, y de la que se descarta cualquier tipo de agresión en la calle.
"Puede inferirse que habría sido interceptada en el hall del edificio en el que vivía y en este contexto, es factible ubicar al portero J. N. M. quien, ese día y en ese horario, estaba en funciones. Además, no puede soslayarse que en razón de su trabajo, tenía el dominio sobre los espacios comunes del inmueble y el conocimiento de los movimientos cotidianos de sus ocupantes", dice el fallo.
Los jueces también ponderaron el lugar donde fue hallado el cuerpo de Ángeles, ya que "la basura recibida en la Planta MBT del "CEAMSE" provenía casualmente de la "Planta de Transferencia de Colegiales", próxima al domicilio de la joven y que M., por su función, tenía a su cargo en forma exclusiva la recolección de residuos de los ocupantes de los departamentos de Ravignani y su transporte, al menos, al lugar donde los camiones la recogían".
"Toda la prueba reseñada, mensurada de acuerdo a la sana crítica, nos permite, a esta altura de la investigación, tener en principio acreditada la intervención de J. N. M. en el hecho que damnificara a A. R", concluyó la Cámara.
Con respecto a la alevosía, que cuando se da un estado de indefensión y un actuar casi sin riesgo por parte de su autos, para la Cámara •no es posible calificar su conducta dentro de la agravante aplicada toda vez que surgen actos de defensa por parte de la víctima que desacreditan la posibilidad de que aquél hubiera actuado sobre seguro y sin riesgo para sí".
"No sólo ciertas lesiones en el cuerpo de M. sugieren la efectiva defensa desplegada por R., que indicarían que justamente no estuvo desprevenida ante la agresión, sino que además, se corrobora esta probabilidad a través del hallazgo de ADN del nombrado debajo de tres uñas de los dedos de la mano derecha de la menor".
"No es posible inferir de la investigación, al menos de momento, que M. haya tenido la intención de matar a la joven desde un inicio y que para consumarlo ideara un plan que lo colocara en una situación que alejara toda posibilidad de defensa, menos aún que se hubiere aprovechado de ese estado", explica el fallo.
Para la Cámara, "todo permite suponer que el suceso ocurrió con cierto grado de espontaneidad y para ello, se hace hincapié en que R. no ingresó a su domicilio, ubicado a escasos metros de la puerta de acceso al edificio y que al ser hallado su cuerpo, aún tenía colocados sus auriculares, aunque seriamente deteriorados".
Los camaristas explicaron que un aspecto esencial en la agravante pretendida por alevosía consiste en que el destinatario de la agresión no pueda defenderse.
"En este contexto, resulta difícil dar ese alcance al comportamiento de un encargado de edificio que despliega una conducta tan lesiva en su propio ámbito de trabajo. Pensemos que las hipótesis que se ensayan lo colocan en el hall de entrada, ascensor, sótano o, hasta incluso, en su propio departamento".
Los camaristas Mario Filosof, Marcelo Lucini y Ricardo Pinto coincidieron en confirmar el procesamiento de Mangeri como "autor" del homicidio y pidieron que vuelva a ser indagado.
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