¿Qué penas les corresponderían a los personajes de "Relatos Salvajes"?
La película argentina nominada al Oscar, "Relatos Salvajes", está compuesta por seis historias en las que los personajes cometen distintos delitos que recibirían una carátula y condena en la vida real. El abogado y crítico de cine Luis Kamer dio su visión de cuales serían, entrevistado por el sitio Infojus. ESTA NOTA CONTIENE INFORMACIÓN QUE DA CUENTA DEL CONTENIDO DE LA PELÍCULA.
Las ratas
Diego Iturralde (Leonardo Sbaraglia) es un yuppie que maneja su Audi último modelo por las rutas salteñas. En el camino se cruza con un viejo Peugeot 504 que le impide el paso. Al superarlo -por el costado derecho- insulta al conductor (Walter Donado) a quien llama "negro resentido". Algunos kilómetros más adelante Iturralde pinchará una rueda y será alcanzado por el Peugeot. El "negro resentido" encuentra el camino libre para la venganza y con duros momentos de violencia ambos terminarán muertos de una manera tragicómica.
Carátula y condena:"La figura que le cabe a esta historia es la de "Homicidio en riña". El artículo 95 del Código Penal de la Nación dice: 'Cuando en riña o agresión en que tomaren parte dos o más personas, resultare muerte o lesiones...sin que constare quienes las causaron, se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido y se aplicará reclusión o prisión de dos a seis años en caso de muerte, y de uno a cuatro en caso de lesión'".
Bombita
Simón Fisher (Ricardo Darín) es un ingeniero especialista en demoler edificios con explosivos. Mientras compra una torta para el cumpleaños de su hija una grúa le remolca el auto que estaba supuestamente mal estacionado. Al momento de retirar el vehículo se siente estafado por el dinero que debe pagar solamente por el acarreo de su auto hasta el depósito. La llegada tarde al cumpleaños de su hija es la gota que rebalsa el vaso por la mala relación que venía teniendo con su esposa (Nancy Duplaá) y ella le pide el divorcio. Al momento de pagar la multa choca con la burocracia estatal y reacciona con violencia contra uno de los empleados. Fisher termina preso, escrachado en la sección Policiales de un diario y tras el escándalo pierde el empleo. Días después mientras sale a buscar trabajo una grúa le vuelve a llevar el auto. Desocupado, en litigio con su ex mujer por la tenencia de su hija y pisoteado por la burocracia decide vengarse de la empresa que acarrea coches colocando una bomba en el baúl del vehículo. Esta vez deja el coche en línea amarilla y el explosivo programado para que estalle en el depósito de autos. Tras la explosión se convierte en un ídolo para muchos que habían padecido en carne propia el acarreo de su auto. Los medios lo apodan "Bombita" y no logra salvarse de la cárcel. ¿Cuántos años le habrá dado la Justicia?
Carátula y condena: "Bombita incurrió en un delito contra la seguridad pública, por lo tanto le cabe una pena de reclusión o prisión de tres a diez años".
La propuesta
Un niño rico atropella a una mujer embarazada, la mata y huye. Su padre, Mauricio (Oscar Martínez), le propone al jardinero (Germán de Silva) que se haga cargo del hecho a cambio de 500 mil dólares. Tras realizar las primeras pericias el fiscal (Diego Velázquez) descubre que no es el jardinero el culpable y el abogado de la familia (Osmar Núñez) se encargará de arreglar el soborno. Tras varias idas y vueltas el jardinero saldrá a la calle esposado sin saber que lo espera la muerte a manos del viudo de la mujer atropellada.
Carátula y condena: "El primer caso es el del homicidio culposo que es reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial por cinco a diez años al que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales (embarazo), o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un vehículo automotor.
El falso testimonio se castiga con prisión de un mes a cuatro años para el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación hecha ante la autoridad competente.
Si el falso testimonio se cometiere en una causa criminal, en perjuicio del inculpado, la pena será de uno a diez años de reclusión o prisión. Y además, la pena del testigo, perito o intérprete falso cuya declaración fuere prestada mediante cohecho se agravará con una multa igual al duplo de la cantidad ofrecida o recibida. El sobornante sufrirá la pena del simple testigo falso.
El último caso, el del viudo que mata al supuesto culpable, es un homicidio cometido en estado de emoción violenta que opera como causa de atenuación de la pena. Según el artículo 81 se impondrá reclusión de tres a seis años o prisión de uno a tres años al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable".
Hasta que la muerte nos separe
Romina (Erica Rivas) descubre en su casamiento que su marido (Diego Gentile) le es infiel con una compañera de trabajo que se encuentra entre las invitadas a la fiesta. La novia entra en crisis y desata un escándalo en medio de la fiesta que termina con la amante lesionada, destrozos en el salón y más de un invitado en estado de shock. ¿La amante podría iniciar acciones legales contra la novia? ¿Alguien puede ir preso en este caso?
Carátula y condena "El único delito aquí es el de lesiones que podrían ser leves graves o gravísimas de acuerdo a la intensidad sufrida. En este caso el Código Penal dice:
-Artículo 89: Se impondrá prisión de un mes a un año, al que causare a otro, en el cuerpo o en la salud, un daño que no esté previsto en otra disposición de este código.
-Artículo 90: Se impondrá reclusión o prisión de uno a seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o si hubiere puesto en peligro la vida del ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente del rostro.
-Artículo 91: Se impondrá reclusión o prisión de tres a diez años si la lesión produjere una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, la inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, del uso de un órgano o miembro, de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir.
"Esto referido a acciones penales pero la amante del novio puede iniciar contra Romina acciones civiles por daños y perjuicios y daño moral. Y los dueños del salón también pueden iniciar acciones por daños y perjuicios", explica el abogado Luis Kramer.
Temas





Dejá tu comentario