Clases presenciales: la Corte bonaerense se declaró incompetente en la acción que interpuso Vicente López

Sociedad

El máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires resolvió que la demanda presentada por el municipio no es de su competencia originaria.

La Suprema Corte bonaerense rechazó tratar un amparo interpuesto por el Intendente de la Municipalidad de Vicente López, Jorge Macri, para que se declare la invalidez e inconstitucionalidad del decreto provincial que suspendió las clases presenciales por dos semanas debido al aumento de casos de coronavirus.

Los jueces de la Suprema Corte decidieron que el expediente vuelva al juzgado 12 de San Isidro al considerar que la acción no es un tema que genere competencia originaria del tribunal.

El juzgado en lo Civil y Comercial N°12 del Departamento Judicial de San Isidro se había declarado incompetente al concluir que se está en presencia de un conflicto de poderes entre la Municipalidad de Vicente López y la Provincia de Buenos Aires y que, como tal, sólo puede ser resuelto por la Suprema Corte.

La Corte sostuvo que si bien en el desarrollo argumental formulado por el intendente se destaca que la conducta que atribuye a la Provincia afecta potestades del municipio en materia educacional, “ello no implica que se trate de una causa de competencia entre poderes públicos o un conflicto de poderes”.

“Para que una situación semejante quede configurada se impone alegar suficientemente que una determinada atribución o competencia de un órgano o entidad -quien promueve el conflicto- haya sido invadida o directamente reclamada para sí por el otro -el interpelado-. Ello no sucede en este caso, en el que se encuentran en juego atribuciones en las que el municipio despliega, a lo sumo, cometidos complementarios a los de la Nación y la Provincia”, explicó la Corte.

“ El eje central de la presentación que da lugar a estas actuaciones y lo que la comuna denuncia, arrogándose el Intendente Municipal una suerte de legitimación tuitiva, no es un avasallamiento de las potestades que a ella le competen, sino que la normativa atacada afecta gravemente el derecho de aprender de los alumnos que asisten a establecimientos educativos ubicados en el distrito, alterando el debido funcionamiento del sistema educativo”, subrayó la Corte.

En definitiva, el tribunal con la firma de Eduardo Pettigiani, Daniel Soria, Hilda Kogan, Luis Genoy y Sergio Torres, mandó nuevamente el expediente al tribunal que previno, el de San Isidro.

En tanto, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación está la acción que interpuso el jefe de gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta, quien cuestionó el decreto del presidente Alberto Fernández.

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