Código ampliado: será delito la "desaparición forzada de personas"

Sociedad

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Por NA

  • La Cámara de Diputados aprobó la incorporación de este delito al Código Penal.
  • La nueva normativa busca incorporar la figura de “crímenes de lesa humanidad”.  

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que incorpora al Código Penal la figura delictiva de "crímenes de lesa humanidad" y la tipificación de la "desaparición forzada de personas".

Con 164 votos afirmativos, 2 negativos y 14 abstenciones, la Cámara baja le dio media sanción al proyecto que pretende adecuar la normativa jurídica del país a las disposiciones internacionales.

Si se aprueba el proyecto en el Senado, se incorporará al Código Penal el delito de la desaparición forzada de personas, una figura hasta ahora ausente en la legislación argentina. 

Esta iniciativa pena "con reclusión de ocho a veinticinco años" a los agentes o las personas o grupos de personas que actúen "con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, para privar de la libertad a una o más personas".

Este tipo de castigos también se aplicarán en el caso de que los acusados se "rehúsen a reconocer dicha privación de libertad o a informar sobre su paradero con el propósito de impedir el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes". 

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