Fallo contra el creador de un unicornio tecnológico: no incluyó US$6.500.000 en el acuerdo de divorcio
El tribunal rechazó un recurso de Matías Woloski, quien había sido denunciado por defraudación y violencia económica por su ex esposa.
La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de la defensa de Matías Woloski -creador de Auth0 Inc., considerada uno de los unicornios argentinos-, que había sido denunciado por defraudación y violencia económica por parte de su ex esposa.
El máximo tribunal rechazó la presentación de la defensa del empresario por motivos formales por considerar que no se dirige contra una sentencia definitiva. Con este fallo avanzará la investigación penal por presunta defraudación y violencia económica, una denuncia que interpuso su ex esposa, Andrea Alejandra Luis, quien argumentó que la venta de la compañía quedó excluida del acuerdo de divorcio entre ambos.
El caso
Andrea Alejandra Luis denunció penalmente a su ex pareja, Matías Woloski, al sostener que la empresa tecnológica, valuada en USD 6.500 millones, se armó cuando estaban juntos y no fue parte de la división de bienes.
La jueza de primera instancia, junto a la fiscalía, entendió que el delito estaba prescripto, al entender que la maniobra defraudatoria se cometió al momento en que se produjo la disolución conyugal, ocasión en que se ocultó el verdadero valor del patrimonio.
El divorcio ocurrió en 2015 y la disolución y división de bienes en noviembre del 2016.
Sin embargo, la querella apeló y la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional consideró que debía analizarse en la causa si existió violencia de género económica, aspecto que no había sido observado en primera instancia.
De acuerdo a esa interpretación, “el acto de ocultación y la posterior venta de la empresa podrían ser evaluados como parte de un esquema continuado de fraude y abuso”.
Contra esa decisión, la defensa de Woloski fue a la Cámara Nacional de Casación Penal que consideró inadmisible el recurso.
El caso llegó en queja a la Corte Suprema. La defensa del hombre sostuvo que se había cerrado de manera arbitraria la instancia recursiva y que de ese modo se afectaron sus derechos.
El máximo tribunal entendió que la presentación no cuestionaba una sentencia definitiva o equiparable a tal y rechazó el recurso de la defensa.
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