Fue concebida por fertilización, tuvo una enfermedad y condenaron al centro y a un médico

Sociedad

La Cámara Civil condenó a un centro especializado en fertilización asistida y al médico que realizó la práctica a indemnizar a los padres de una niña concebida mediante ese método, que nació con fibrosis quística, por no realizar estudios a la donante de óvulos para eliminar riesgos.

El fallo de la Sala D de la Cámara Civil sostuvo que "en estas prácticas el médico tiene una activa participación" y manifestó que "al no adoptar las medidas que debió haber implementado para evitar este tipo de daño infringió una obligación de resultado".

En ese sentido, responsabilizó al médico y al centro que facilitó el material genético para la fecundación, porque "no se realizaron determinados estudios en la aportante de óvulos, para eliminar donantes potencialmente riesgosos".

Los jueces Patricia Barbieri, Osvaldo Onofre Alvarez y Ana María Brilla de Serrat dispusieron que el médico y el centro especializado Cego deberán indemnizar a los padres de la niña con el pago de 4.618.260 pesos.

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El fallo expresó que en caso de haberse realizado los estudios genéticos previos a la donante de óvulos "hubiera surgido que esta última era portadora sana para la mutación" que provocó la patología a la niña.

La mujer que donó los óvulos "debió ser rechazada como cedente", advirtieron los magistrados, y manifestaron que "la selección de los donantes es responsabilidad de los facultativos".

"El no adoptar las medidas necesarias para disminuir este tipo de riesgos no se suple con la información brindada a los padres acerca de las posibles consecuencias negativas de este tipo de prácticas", sostuvieron los camaristas.

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Asimismo, afirmaron que "en los supuestos de fecundación asistida, la responsabilidad de los galenos se ve acentuada".

"El deber de diagnosticar, asesorar y emplear todas las técnicas que estén a su alcance requiere un grado mayor de exigencia, precisamente por la activa participación que el médico tiene en esta clase de prácticas para las que además debe tener un conocimiento calificado", destacaron los camaristas.

En el fallo, publicado por el sitio especializado en jurisprudencia elDial.com, los jueces fijaron la indemnización tomando en cuenta "los dictámenes periciales producidos, su elevado porcentaje de incapacidad psicofísica de carácter permanente y su promedio de vida".

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También tomaron en cuenta para fijar la indemnización la calidad de vida de la niña "a raíz de la enfermedad de la que es portadora y las consecuencias que ello le apareja en su vida de relación".

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