La Justicia rechazó la reincorporación de Campagnoli

Sociedad

El fiscal, que fue suspendido por un jury de enjuiciamiento, había presentado una medida cautelar, patrocinado por Ricardo Gil Lavedra.

La Justicia en lo contencioso administrativo federal rechazó este lunes una medida cautelar para reponer en el cargo al suspendido fiscal de instrucción José María Campagnoli y que se avance en la anulación del sumario en su contra

El fallo fue firmado por el juez de primera instancia Pablo Cayssials, ante un pedido de Campagnoli, patrocinado por el abogado Ricardo Gil Lavedra.

El fiscal Campagnoli había sido suspendido por el jury de enjuiciamiento, presentó este martes una acción de amparo ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal para que anule el sumario administrativo que se hizo en su contra y que lo repongan en su cargo.

La acción, presentada por el fiscal, con el patrocinio del abogado Ricardo Gil Lavedra, incluye un pedido de dictado de medida cautelar para que se deje sin efecto la suspensión votada por la mayoría del jury.

Campagnoli fue suspendido en sus funciones por el Tribunal de Enjuiciamiento por diversas irregularidades cometidas en una investigación a Lázaro Báez. El fiscal consideró que se lo privó del derecho a ofrecer y producir prueba y "se renunció, exprofeso, a ampliar el marco de conocimiento de los sumarios, a favor de una injustificada premura, con abierta violación a los estándares constitucionales y convencionales del debido proceso".

"La opinión pública entiende que la corrupción corroe las bases del sistema democrático y que las denuncias contra altos funcionarios del poder deben ser esclarecidas, pues de lo contrario estaremos frente a un atentado contra el régimen democrático", dice el escrito al que tuvo acceso minutouno.com.

El juez, en cambio, entendió que la cuestión planteada por Campagnoli no corresponde al ámbito de las medidas cautelares, en cambio sostuvo que merece un "debate más profundo".

Para el juez, el proceso de enjuiciamiento "resulta claramente el ámbito propicio para que el actor pueda ejercer y hacer valer los derechos y garantías constitucionales que entiende vulnerados; por ello la pretendida suspensión traería aparejado como contrapartida una restricción de los mismos derechos y garantías que según alega le han sido conculcados".

"De este modo, estimo que el tema traído a examen de este Tribunal excede ostensiblemente el instituto de las medidas cautelares en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio mucho más profundo de las que aquéllas autorizan, así como de una mayor amplitud de debate y prueba".

"A ello debe agregarse, que en este estado larval del proceso, admitir la pretensión del actor en los términos propuestos, importaría adentrarse -aún de modo provisorio- en el tema a conocer en la sentencia definitiva a dictarse, toda vez que el objeto de la demanda consiste en obtener la declaración de nulidad de las resoluciones dictadas en el marco de los expedientes administrativos M 3068/2013 y M 7189/2013, de la Procuración General de la Nación, de la Resolución TE SF Nº 8/2013, emanada del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público, en cuanto dispuso la suspensión del aquí actor como Fiscal de la Nación y la retención del 30% de su remuneración, así como la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 19, inciso "a", de la Ley 24.946, y del artículo 31, del Reglamento del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público", dice la resolución.

Campagnoli adelantó que podría recurrir por per saltum ante la Corte al considerar que se trata de un caso de gravedad institucional, ya que según él se lo suspendió en el cargo "arbitrariamente" por investigar al empresario Lázaro Báez

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