Limitan la atención de represores condenados en hospitales militares
La medida fue establecida este lunes a través del Boletín Oficial. Busca evitar otros casos de fuga como los de Jorge Antonio Olivera y Gustavo De Marchi.
El Ministerio de Defensa estableció algunas limitaciones en
la atención médica en hospitales militares de condenados por delitos de lesa
humanidad. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, se da luego
de que la semana pasada se produjera la fuga de Jorge Antonio Olivera y Gustavo De Marchi.
La resolución 85/2013 lleva la firma del ministro de Defensa, Agustín Rossi, y limita "el alojamiento y la atención ambulatoria en hospitales militares
de quienes se encuentran condenados penalmente o procesado con privación de la
libertad que tengan o hayan tenido estado militar". Además, aclara que "alcanza
a la totalidad del personal civil y/o militar de las Fuerzas Armadas".
Por otro lado, agrega que "todo requerimiento de carácter judicial de
internación o asistencia médica, vinculado a la situación de procesados con
prisión preventiva o condenados penalmente y que sea dirigido a esta
jurisdicción, deberá ser comunicado inmediatamente al Ministerio de Defensa
para su consideración y efectos, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones
administrativas o disciplinarias".
Los ministros de Defensa, Agustín Rossi; de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak y de Salud, Juan Manzur firmaron este lunes un convenio que dispone la creación de una Comisión de Asesoramiento Médico que tendrá por objetivo revisar los antecedentes médicos de imputados, procesados o condenados en causas de delitos de lesa humanidad que se encuentran internados o bajo tratamiento ambulatorio en dependencias hospitalarias de las Fuerzas Armadas.
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