¿Quiénes son los primeros elegidos para integrar los juicios por jurado?
El Gobierno provincial dio a conocer a los cuidadanos bonaerenses que participarán de los juzgados populares.
Foto ilustrativa. Juicio por jurado en Neuquén
El grupo seleccionado se distribuirá entre los 18 departamentos judiciales, que se encargarán de depurar la lista apartando a los inhabilitados y conformar el padrón final que será remitido a la Suprema Corte de Justicia.
- Podrán ser jurado los argentinos nacidos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía, que tengan entre 21 y 75 años.
- Deben entender "plenamente" el idioma nacional, estar "en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos" y gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo.
- No podrán integrar los jurados populares aquellos que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.
- Tampoco podrán los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad.
- Estarán inhabilitados para ser jurado los abogados, escribanos y procuradores, los condenados por delito doloso, los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite, los ministros de un culto religioso y las autoridades directivas de los partidos políticos.
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