Senado y Diputados sancionaron la ley del "per saltum"

Política

La sanción del recurso extraordinario de salto de instancia fue puesto en vigencia este martes con su publicación en el Boletín Oficial, bajo la firma de la senadora Beatriz Rojkés de Alperovich y el diputado Julián Domínguez.

El Senado y la Cámara de Diputados sancionaron con fuerza de ley el recurso extraordinario de salto de instancia, más conocido como "per saltum", según se publica este martes en el Boletín Oficial.

La sanción lleva la firma de las firmas de la senadora nacional Beatriz Rojkés de Alperovich y del diputado nacional Julián Domínguez, entre otros representantes de ambas Cámaras.

El recurso  fue promulgado de hecho sin la firma de la presidente Cristina Fernández, en cumplimiento con el artículo 80 de la Constitución que establece que el Poder Ejecutivo pierde su capacidad de veto a los diez días de votada una ley.

Según el artículo 257 bis de la norma, se "procederá el recurso extraordinario ante la Corte Suprema prescindiendo del recaudo del tribunal superior, en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria, y que el recurso constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior".

Por su parte, el artículo 257 bis establece que "existirá gravedad institucional en aquellas cuestiones sometidas a juicio que excedan el interés de las partes en la causa, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías consagrados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales por ella incorporados".

La ley también determina que "la Corte habilitará la instancia con alcances restringidos y de marcada excepcionalidad".

La norma rige desde este martes con su publicación en el Boletín Oficial.

La Cámara de Diputados convirtió el pasado 14 de noviembre en ley el proyecto que reglamenta el "per saltum", a pesar del rechazo de la oposición. Fue aprobado por 135 votos afirmativos contra 95 negativos.

El "per saltum" es un recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia tome directamente causas que están en primera instancia judicial si entiende que suponen "gravedad institucional".

En octubre pasado, el senador oficialista Miguel Ángel Pichetto afirmó que el artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual podría ser "una de las cuestiones a las que la Corte podría avocarse" con el "per saltum".

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