La Corte rechazó el per saltum y confirmó la prórroga de la cautelar en la causa Clarín
La plena aplicación de la Ley de Medios seguirá frenada mientras la causa vuelve a la Cámara en lo Civil y Comercial Federal. El máximo tribunal, sin embargo, exhortó al cuerpo a tratar la cuestión de fondo "lo antes posible". Además, dio por cumplido el plazo de un año para la adecuación de licencias.
En tanto, la Corte, en una resolución de 19 carillas declaró "parcialmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado nacional. Con las firmas de Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt, Petracchi, Maqueda y de Argibay y Zaffaroni en disidencia parcial la Corte confirmó la sentencia de la Cámara apelada por el gobierno por la cual se extendió la medida cautelar, al tiempo que admitió los planteos del Gobierno sobre la forma de computar el año de plazo previsto en el artículo 161 sobre la desinversión. En este punto la Corte indica que la sentencia de la Cámara se aparta "de lo expresamente decidido por esta Corte en el pronunciamiento del 22 de mayo". Así el máximo tribunal ratificó la extinción de ese plazo de un año para desinvertir que el Grupo Clarín pretendía comenzaría a correr recién cuando la causa tuviera sentencia firme.
Los jueces Zaffaroni y Argibay firmaron en disidencia la resolución de la Corte sobre el recurso extraordinario. Zaffaroni entendió que no debía avalarse la prórroga de la medida cautelar otorgada por la Cámara en beneficio del Grupo Clarín y se valió del dictamen de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en el que recomendaba declarar extinguida la medida cautelar.
Por su parte Argibay entendió que no era preciso que la Corte se expidiera sobre "el modo en que debe computarse el plazo establecido en el artículo 161 de la ley 26.522, lo cual solo se tornará relevante al decidirse el levantamiento de la protección cautelar".
Así, al seguir vigente la medida cautelar, el proceso de adecuación de oficio iniciado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) quedará en suspenso hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Esta es la segunda vez que la Corte Suprema de Justicia rechaza por cuestiones técnicas un recurso de salto de instancia presentado por el gobierno nacional en la disputa por la plena aplicación de la ley de Medios sancionada el 10 de octubre de 2009.
El miércoles la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, había recomendado en un dictamen que no es vinculante, admitir el recurso extraordinario contra la extensión de la medida cautelar.
La definición sobre la cuestión de fondo llegará eventualmente a la Corte Suprema de Justicia. Es que se da por descontado que la Cámara en lo Civil y Comercial, integrada por los jueces Francisco de la Carreras, María Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni, hará lugar a la apelación contra el fallo de primera instancia del juez Alfonso y declarará la inconstitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la ley de Medios. Así la causa seguirá los tiempos naturales de la justicia, el gobierno nacional deberá apelar a la instancia superior y llegará al máximo tribunal que zanjará sin posibilidad de nuevas instancias, la disputa judicial.
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