El Gobierno derogó dos normas que establecían compensaciones para las empresas que exportan crudo por encima de 1.300 metros cúbicos diarios.
Petróleo
El Gobierno dispuso este lunes una medida para fortalecer la producción interna de petróleo crudo, derogando dos normas que establecían la compensación para las empresas que realizaran exportaciones de petróleo crudo por encima de los 1.300 metros cúbicos diarios.
Lo hizo a través de la Resolución 1/2013 que, con la firma del secretario de Energía, Daniel Cameron, fue publicada hoy en el Boletín Oficial, que deroga la Resolución 438/2012 y el ítem 4 del apartado A) Producción, del Anexo I de la Resolución 1312/2008.
En los considerandos de la medida, que comenzará a regir desde este lunes, se indica que se adopta esa decisión porque "resulta conveniente unificar los mecanismos establecidos en dichas Resoluciones, en busca de un nivel de rentabilidad similar entre el petróleo de exportación y el destinado al mercado interno".
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Si bien en el mercado argentino la mayoría del petróleo se destina al mercado interno, con esta medida se fortalece esa tendencia de priorizar una demanda creciente, producto de la mayor actividad económica.
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Entre otras cosas, la Resolución 438/2012, del 27 de junio del año pasado, otorgaba "a aquellas empresas cuya producción media diaria de petróleo crudo", en 2011, hubiera sido "superior a 1.300 metros cúbicos diarios" y que realizaran exportaciones, una compensación correspondiente a 28 dólares por cada barril exportado".
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Esa compensación, establecida por la Resolución 438 y ahora derogada, también se aplicaba a "aquellas empresas que, estando por debajo del límite productivo mencionado, deban realizar exportaciones de petróleo en forma ocasional".
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