La Justicia rebajó la sanción a Cablevisión por la grilla

Política

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rebajó el monto de la sanción que se le había impuesto a la operadora de televisión paga por no cumplir con el ordenamiento de canales.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rebajó este jueves el monto de la sanción que la Justicia de primera instancia le impuso a la operadora de televisión paga Cablevisión por no cumplir con el ordenamiento de su grilla de canales.

En tal sentido, el monto de 20 mil pesos por cada día de retardo en cumplir la orden fue reducido por la Cámara  a la suma de 2 mil pesos, al considerar "desproporcionada" la sanción.

Se trata de un fallo de la Cámara firmado por los jueces Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti que consideraron "desproporcionado" el monto de la multa de 20 mil pesos impuesto por el juez del fuero Pablo Cayssials por cada día de retardo en no cumplir con el ordenamiento de la grilla, según lo dispuesto ante una medida cautelar dictada el 16 de mayo de 2011.

El caso generó varias resoluciones judiciales y se remonta a cuando la  Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) interpuso demanda contra la firma Cablevisión S.A. con el objeto de que se obligue a la empresa a dar cumplimiento al ordenamiento de su grilla de señales, conforme lo ordena el artículo 65 del Decreto 1225/2010 y la resolución AFSCA nro. 296/2010.

Con la interposición de la demanda, se solicitó también se dicte medida cautelar a los fines que la empresa cumpla inmediatamente el orden de las señales dispuesto por la ley.

Esta medida judicial se solicitó ante la imposibilidad de AFSCA de aplicar sanciones por si misma contra Cablevisión, dado que el Juzgado Federal Nro.4 de la ciudad de Mar del Plata dictó con fecha 29 de diciembre de 2011, una medida cautelar en la que se suspenden las facultades sancionatorias de la AFSCA, pero no la vigencia y la obligatoriedad de las normas que ordenan la grilla.

La  demanda iniciada por la Autoridad de Aplicación, está a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 9 , a cargo del juez Cayssials quien, con fecha 16 de mayo de 2012 dictó una nueva medida cautelar en la que ordena a Cablevisión S.A. cumplir el ordenamiento de las señales que integran su grilla del cable, en función a lo dispuesto por el artìculo 65 inc. 3 B) del decreto 1225/10, reglamentario de la ley 26.522.

Dicha orden judicial, pese haber sido reiteradamente intimada por la justicia para su cumplimiento, fue desoída por Cablevisión, lo que motivó a que el juzgado Nº 9 interponga una denuncia penal ante la posible comisión del delito tipificado en el artículo 239 del Código Penal, esto es incumplimiento de orden judicial.

Cablevisión alegó "imposibilidad técnica" de cumplir esa orden e interpuso diversos recursos ante la justicia, lo que fue tenido en cuenta hoy para rebajar el monto de la sanción.

Además de la denuncia penal, el Juzgado de Cayssials con fecha 1 de agosto de 2012, fijó una multa de $ 20.000 por cada día de retardo en el cumplimiento de la medida cautelar dictada el 16 de mayo de 2011.

Ese monto fue apelado, y ahora la Cámara consideró "desproporcionado" el mismo y lo rebajó a 2.000 pesos por cada día que se mantenga la cautelar vigente a partir de que el pronunciamiento de fondo quede firme.

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