AMIA: piden dejan firme el procesamiento contra el ex juex Galeano
Es por los delitos de peculado, coacciones, privaciones abusivas de libertad, falsedades documentales y prevaricato que habría cometido durante el desempeño de su función como juez federal a cargo de la investigación iniciada tras el atentado.
Se trata de la causa en la que Galeano está acusado de "peculado" por el pago ilegal de 400 mil dólares al entonces detenido Carlos Telleldín a cambio de una declaración falsa. El Tribunal Oral Federal 2 deberá poner fecha de inicio para el debate.
El procurador ante la Corte Suprema , Eduardo Casal, dictaminó por desestimar el recurso extraordinario presentado por la defensa del ex juez federal Juan José Galeano y, de esta manera, quedaría firme su procesamiento como "parte de una política oficial de encubrimiento de un asesinato masivo". Ahora debe resolver la Corte Suprema.
La justicia maneja la hipótesis de que Galeano intervino decisivamente en el pago de una voluminosa suma de dinero -aportada por la entonces Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE)- al reducidor de autos Carlos Alberto Telleldín, en ese momento imputado por participar en el ataque a la sede de la AMIA y DAlA y que estuvo detenido en prisión preventiva a disposición del juzgado a cargo de la instrucción-.
El objetivo del pago era que Telleldín involucrara en sus declaraciones a un grupo de funcionarios policiales de la provincia de Buenos Aires.
Al apelar ese pronunciamiento, la defensa de Galeano adujo que la persecución penal por el delito de peculado vulneraba sus derechos constitucionales de "ne bis in ídem" de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho y a la inmutabilidad de la cosa juzgada en virtud de que, entre los meses de abril y septiembre de 1997, tramitó ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°4 de la Ciudad de Buenos Aires un proceso penal con idéntico objeto que fue finalmente clausurado con una resolución de sobreseimiento (causa n° 3150/97 del registro de la Secretaría n° 7).
Sin embargo, tanto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal primero, y Casación después rechazaron ese planteo. La primera Cámara indicó que el procedimiento "fue fraudulento y el sobreseimiento dictado para concluirlo, por ello, inidóneo para producir los efectos propios de la cosa juzgada".
A esto, Casación agregó que "no podría descartarse que los delitos que forman el objeto del actual proceso penal constituyan crímenes contra la humanidad o graves violaciones de derechos humanos, [por lo que] pesan sobre el Estado argentino deberes del derecho internacional de los derechos humanos que obligan a no clausurar anticipadamente el procedimiento".
En su dictamen, Casal no sólo ratificó los enunciados de los dos tribunales intervinientes, sino que además indicó que la defensa del ex juez no había logrado refutar "la doctrina central de la que depende la decisión [de la Cámara de Casación], ni da cuenta en sus objeciones de consideraciones decisivas que socavan su pretensión", según informó el ministerio público fiscal.
El procurador fiscal recordó que el Tribunal había aplicado al caso la doctrina según la cual el deber internacional de perseguir las violaciones graves de derechos humanos -de acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos- "implica la obligación de evitar la clausura anticipada de los procesos en los que se ventilan delitos de esa naturaleza en virtud de obstáculos meramente formales o peculiaridades del derecho interno, postergando, en su caso, para el juicio la decisión definitiva sobre cuestiones incidentales".
De esta manera, el dictamen puntualizó que los jueces de la causa habían "concluido que en ese proceso Galeano no se enfrentó al riesgo propio de una persecución penal, por lo incipiente de las actuaciones, y por haber sido conducidas fraudulentamente con el objetivo de asegurar su impunidad, lo cual, de conformidad con la jurisprudencia internacional en materia de derechos humanos, no da base a un derecho de ne bis in ídem ni a la inmunidad de la cosa juzgada".
Temas
Las Más Leídas






Dejá tu comentario