Uno de los jefes de la barra brava de Independiente, Pablo "Bebote" Álvarez, le ganó un juicio a un canal de televisión que deberá pagarle ocho mil pesos por haber difundido su cara, sin su autorización, en un informe sobre violencia en el fútbol.
El 23 de noviembre de 2009, el programa emitió un informe en el que "se
inserta la imagen instantánea del rostro del accionante, sin relación
secuencial con las inmediatamente anterior y
posterior, que proyectan situaciones puntuales de violencia en el fútbol
en el que no parece estar involucrado" Álvarez.
Según explica el fallo, "la difusión de un rostro que aparece sin ninguna
finalidad concerniente a ese informe visual y sin conexión aparente (no se
trata de la persona actuando en ese escenario o participando de él en cualquier
modo) en un segundo determinado, y seguida a continuación de otras imágenes
diferentes, no parece ser necesaria".
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"Nada parece aportar al interés general la inclusión, por sí sola, del
rostro de Álvarez, sin advertencia de violencia particular alguna, sin ninguna
actividad que estuviera cumpliendo o manifestación que estuviere haciendo en
referencia al informe", añadió la resolución.
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La Justicia reivindicó que "es de primordial importancia para la comunidad
conocer e informarse sobre cuestiones que atañen no sólo a uno de los
espectáculos deportivos de mayor raigambre en el país, sino porque exceden ese
escenario para alcanzar esferas como la social, política, y que rozan todo el
tiempo el borde de la ilegalidad".
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No obstante, estableció el límite que impone el "derecho a la imagen".
"Es suficiente la captación de la imagen sin el consentimiento del sujeto
para entender vulnerado ese derecho personalísimo, aun cuando no se infiera una
lesión a la privacidad, a la identidad personal o al honor...el derecho a la imagen
es el derecho que tiene toda persona en cuanto tal de disponer de su
apariencia, autorizando o no su captación y difusión", resumió la
resolución.
Álvarez había iniciado la demanda por 190 mil pesos, pero finalmente prosperó
por 8.000.
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