La Justicia definirá la venta de euros a turista de Ushuaia

Economía

La AFIP presentó un recurso "en queja" ante la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, que ahora deberá decidir sobre la cuestión. Antes, dos juezas habían ordenado que se habilite la venta de 1.152 euros a Carlos Cárcamo para viajar a Italia.

La pelea por la compra de euros que comenzó un fueguino que viajará a Italia a visitar a su familia será ahora definida por la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, ante la que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se presentó este jueves "en queja" luego de que una jueza subrogante rechazara la apelación del organismo a la resolución de la Justicia de Tierra del Fuego que le permitía a Carlos Cárcamo la adquisición de 1.152 euros. El fallo debería conocerse este viernes.

Los 1.152 euros son la diferencia entre los 2.000 solicitados por el contribuyentes y los 848 validados por el organismo recaudador el 16 de octubre. Por el momento, tiene vigencia una resolución judicial que ordena al organismo recaudador validar la compra, pero fuentes de la AFIP indicaron que Cárcamo aún no volvió realizar el trámite en la web para pedir la autorización.

"La solicitud original fue validada parcialmente por AFIP ya que no se pudo verificar sistémicamente y en tiempo real una compatibilización entre las declaraciones juradas presentadas por el contribuyente, la realidad económica de sus operaciones y el monto total solicitado", explica el organismo.

No obstante, Cárcamo "efectúo una presentación judicial -amparo y medida cautelar- solicitando adquirir Euros 1.152 adicionales", indicó la AFIP.

El organismo conducido por Ricardo Echegaray precisó que "en función a esta presentación, la jueza subrogante de Ushuaia, Marcela Tortosa, dio lugar a la medida cautelar autorizando -en tiempo récord- al contribuyente la compra de este monto adicional para viajar a Italia".

"Luego de la notificación de la resolución de la jueza subrogante de Ushuaia, AFIP presentó, a las 16:55 horas del 17 de octubre, un Recurso de Apelación frente a tal resolución por entender que la misma va en contra de objetivos esenciales del Organismo como ser la optimización de los controles fiscales sistémicos y en tiempo real de la AFIP", señaló el organismo.

Ante esa situación, "la jueza subrogante Ana Mercedes Orgueira rechazó, a las 19:28 de la misma tarde, la apelación del Organismo y autorizó la compra de los Euros restantes para el día 18 de octubre", informó la AFIP, que a su vez "se presentó el mismo 18 de octubre 'en queja' ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia cuestionando la falta de efecto suspensivo que se le dio al recurso y luego notificó tal presentación al juzgado de Ushuaia a las 7:48 horas".

"Llamativamente, y sólo una hora més tarde, la misma jueza subrogante volvió a dictar una resolución intimando a AFIP al cumplimiento de la medida cautelar 'en forma urgente', indicó el organismo.

El comunicado precisa que "la AFIP no es el organismo que autoriza la compra, o no, de moneda extranjera sino que, y en función a la Comunicación 'A' 5318 del Banco Central, valida informática y sistémicamente las operaciones tomando como parámetro la capacidad contributiva de cada contribuyente en relación a la solicitud efectuada".

Temas

Dejá tu comentario