La AFIP oficializó el plan de 120 cuotas para deudas impositivas y previsionales
Lo hizo a través de la Resolución General 3756 y rige para pasivos vencidos el 28 de febrero de 2015. El plazo máximo es de 120 cuotas con una tasa mensual del 1,9%.
El plan de facilidades caducará si el contribuyente no paga una de las cuotas después de los 30 días de su vencimiento o si no paga en tiempo y en forma sus obligaciones corrientes vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015.
Las deudas excluidas del régimen son las generadas por: retenciones y percepciones; anticipos a cuenta de impuestos; cuotas de planes vigentes; aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto las correspondientes a los monotributistas; las cuotas de las ART y la contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea)
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