La medida, que sería oficializada este lunes en el Boletín Oficial, ya afectaba a las compras realizadas con tarjetas de crédito en el exterior.
Las compras por internet y con tarjeta de débito en el exterior también abonarán el adicional del 15 por ciento a cuenta del Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales. Esta nueva disposición sería publicada en el Boletín Oficial el próximo lunes.
Este jueves, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, había dicho que esas operaciones "por ahora" no debían pagar ese recargo, durante una conferencia de prensa donde se anunció que a partir del próximo lunes iban a empezar a pagar ese recargo las compras con tarjeta de crédito.
De hecho, este viernes salió publicada en el Boletín Oficial la nueva disposición para las compras con tarjetas de crédito que establece el pago de un 15 % adicional que se tomará a cuenta en el caso de los contribuyentes que paguen el impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.
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Los contribuyentes que no tributen en esos impuestos, como puede ocurrir con un monotributista o un trabajador exento de Ganancias, deberán presentarse ante la AFIP para gestionar un certificado de eximición.
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El organismo fiscal, además, estableció un nuevo régimen de información a partir del cual las empresas emisoras de los plásticos deberán enviarle todos los meses distintos datos sobre las compras efectuadas con tarjetas de crédito.
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AFIP, luego, cruzará esa información con las Declaraciones Juradas de impuestos de los contribuyentes, con el objetivo de controlar los gastos de los titulares de tarjetas en relación con sus ingresos, según la Resolución 3375 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
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