Ordenan a la AFIP autorizar venta de US$125.000 a un empleado
El demandante había comprado un campo y debe saldar una deuda. Un juzgado federal de Neuquén consideró inconstitucional que no le vendan dólares al cambio oficial.
C.M.M. dijo que la AFIP no le vendió los dólares y por eso pidió que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución General Nº 3210/11 de la AFIP, en particular de sus artículos 6 y 7, por medio de la cual se creó el "Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias", considerando que el mismo establece un sistema arbitrario, irrazonable e injusto en virtud del cual la AFIP obstaculizó el ejercicio de su derecho constitucional para adquirir US$125.000 destinados a cancelar una deuda preexistente pactada en dicha moneda extranjera, sin expresar los motivos de la negativa y pese a haber demostrado al organismo que está en condiciones económicas y financieras de comprar esa cantidad de divisas.
Hasta ahora, las medidas cautelares contra las restricciones a la compra de dólares habían sido rechazadas, aunque dieron trámite al recurso sin expedirse sobre el fondo de la cuestión.
A diferencia de esos fallos, la jueza federal de Neuquén, Carolina Pandolfi, ordenó a la AFIP venderle los dólares en un plazo de 5 días.
Recientemente, un juez federal de Mar del Plata aceptó dos recursos de amparo por el mismo motivo, pero rechazó las medidas cautelares.
En el escrito relató que se desempeña como empleado, percibiendo por dicha actividad un salario neto promedio mensual de $80.000, incluyendo el bono anual de unos 400.000 pesos.
El empleado argumentó que a principios de mayo de 2012 formuló consulta en la página web de AFIP para adquirir la cantidad de dólares necesarios para cancelar la obligación, siendo su pedido rechazado por verificarse "inconsistencias" entre sus ingresos y el importe de divisas que pretendía comprar.
En el fallo, el juzgado neuquino resolvió "declarar la inconstitucionalidad del punto II de la Comunicación A 5318 del Banco Central de la República Argentina, declarar abstracto el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 6 y 7 de la Resolución General 3210/2011 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y hacer lugar a la acción de amparo contra la AFIP, ordenando al organismo recaudador que valide la operación cambiaria denunciada por el actor mediante formulario obrante a fs. 24 –tendiente a la adquisición de U$S 125.000-, en el plazo de cinco días de quedar firme la presente y bajo apercibimiento de aplicar las sanciones que correspondan.
Esteban Pérez Fernández y Brian Majlin
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