ARCA da un respiro a los contribuyentes y flexibiliza las medidas de control
La medida de ARCA llegó tras pedidos de varios sectores empresariales y busca eliminar trabas administrativas. Enterate de los detalles en esta nota.
ARCA da un respiro a los contribuyentes y flexibiliza las medidas de control
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó cambios en el régimen de percepciones del IVA, que comenzarán a regir desde el 1 de septiembre de 2025. A partir de esa fecha, los responsables inscriptos podrán aplicar las percepciones no solo en el período fiscal en que se realizaron, sino también en cualquiera de los cinco períodos fiscales siguientes.
La modificación fue oficializada este miércoles mediante la Resolución General N° 5750/25, publicada en el Boletín Oficial.
El cambio llega tras reclamos de distintas entidades empresariales, que señalaron que los sistemas de registración y validación dificultaban cumplir los plazos establecidos por la normativa previa. Con esta actualización, ARCA apunta a reducir las trabas administrativas y ofrecer a los contribuyentes más flexibilidad y simplificación a la hora de calcular el impuesto.
Impacto en el nuevo “Portal IVA”
La flexibilización se enmarca dentro del sistema integral y asistido de determinación del IVA, conocido como Portal IVA, una plataforma digital que centraliza, organiza y simplifica todo el proceso de liquidación del tributo. Este sistema permite a los contribuyentes registrar, validar y aplicar las percepciones del IVA de manera más ordenada y segura, reduciendo errores y tiempos administrativos.
Con la ampliación de los plazos para computar percepciones, la medida busca no solo optimizar la eficiencia del sistema, sino también ofrecer a las empresas mayor previsibilidad en la planificación fiscal y financiera, facilitando la gestión de sus obligaciones impositivas.
Diferencias clave con el esquema anterior
Hasta ahora, las percepciones del IVA solo podían aplicarse en el período fiscal en el que se registraban. Con la nueva medida, los contribuyentes podrán utilizarlas también en cinco períodos fiscales adicionales. La normativa incluye algunas disposiciones clave:
- En situaciones específicas, las percepciones podrán aplicarse en el período fiscal inmediato anterior, siempre que la operación corresponda a ese lapso y la percepción se haya practicado antes del vencimiento.
- Si del cálculo surge un saldo a favor, se considerará como ingreso directo, con la posibilidad de aplicarlo según lo previsto en el artículo 24 de la Ley de IVA.
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