ARCA reglamentó el RIFL, el régimen que incentiva el blanqueo de trabajadores: todos los detalles
Mientras avanza el debate en la Justicia en torno a las objeciones de inconstitucionalidad, la reforma laboral de Javier Milei ya está vigente y el Gobierno apura su implementación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este miércoles el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) creado en la reforma laboral impulsado por el gobierno de Javier Milei. Así quedó plasmado en la Resolución General 5844/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo recaudado, Andrés Vázquez.
Allí se establecen "el procedimiento, las formas, los plazos y demás condiciones" para que los empleadores accedan al beneficio, que consiste en la reducción de las alícuotas de las contribuciones patronales destinadas al sistema de seguridad social.
El RIFL está dirigido a empleadores del sector privado que incorporen nuevos trabajadores y contempla una reducción de cargas por hasta 48 meses sobre aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de asignaciones familiares y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
El beneficio alcanza a trabajadores que no hayan tenido empleo registrado al 10 de diciembre de 2025, o que se encontraran desempleados en los seis meses previos a su contratación, entre otros supuestos.
Además, la resolución fija que el régimen será aplicable a nuevas relaciones laborales registradas entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, inclusive.
Para acceder al beneficio, los empleadores deberán registrar a los trabajadores a través del sistema “Simplificación Registral”, utilizando un código específico de modalidad de contratación. Asimismo, deberán identificar a los empleados alcanzados en la declaración jurada de cargas sociales (Formulario 931).
La norma también establece límites y exclusiones. En ese sentido, no podrán acceder los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) ni aquellos que incurran en “prácticas de uso abusivo”, como la sustitución de personal para obtener ventajas indebidas.
A su vez, se aclara que el incumplimiento de las condiciones provocará el decaimiento del beneficio, lo que obligará a los empleadores a presentar declaraciones juradas rectificativas y abonar las diferencias, con intereses y multas.
Por último, la resolución indica que las disposiciones entran en vigencia con su publicación y se aplicarán a las declaraciones juradas correspondientes a mayo de 2026 en adelante.
Resolución General 5844/2026:
Temas
Las Más Leídas









Dejá tu comentario