El Gobierno prorrogó la devolución del 5% del IVA en las compras con débito
El beneficio, que se aplica desde 2001, se extenderá por un año. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial. Se excluyen las compras de naftas y gas.
"Prorrógase la vigencia de las disposiciones contenidas en los Decretos números 1402 del 4 de noviembre de 2001 y 1548 del 29 de noviembre de 2001, desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, ambas fechas inclusive", sostiene la norma.
Asimismo, aclara en su segundo artículo que se excluyen del beneficio a las compras de combustibles líquidos y gas natural.
Vale recordar la acreditación de la devolución del 5 por ciento del IVA se efectúa a mes vencido, dentro de los primeros días hábiles del mes y únicamente en la cuenta bancaria relacionada con la tarjeta de débito utilizada.
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