La Corte Suprema de Justicia revocó hoy una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo que habilitaba a la Defensoría del Pueblo de la Nación a presentar un recurso de amparo colectivo contra la pesificación y el bautizado "corralito".
El máximo tribunal del país entendió que la Defensoría nunca tuvo "legitimación procesal" para iniciar una demanda de carácter colectivo en el caso de las restricciones a los depósitos bancarios y la pesificación, "derechos de carácter patrimonial y puramente individuales", según el fallo.
En el caso de las restricciones financieras derivadas de la crisis del 2001, el alto tribunal consideró que quedaban "exceptuadas" del ámbito de la Defensoría, porque "la protección de derechos de carácter patrimonial, puramente individuales, cuyo ejercicio y tutela corresponde exclusivamente a cada uno de los potenciales afectados".
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La Corte Suprema de Justicia ya falló a favor de la constitucionalidad de la pesificación de los depósitos bancarios y dispuso un mecanismo de devolución del dinero a los ahorristas.
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