Pensión por viudez de ANSES: con el nuevo aumento, el monto a cobrar en agosto
La eliminación de la moratoria previsional redefine el acceso de este monto fundamental para algunas familias.
Con el nuevo aumento de la Pensión por viudez, conocé el monto a cobrar en agosto.
La reforma previsional que impulsa el gobierno modifica el acceso a los beneficios de la seguridad social. Desde agosto, la ANSES limita la pensión por viudez a quienes hayan accedido a una jubilación tradicional.
Esto excluye a quienes solo pueden solicitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), una prestación que no contempla el derecho a cobrar por fallecimiento del cónyuge.
Pensión por viudez de ANSES: cuál es el monto en agosto 2025
Pueden acceder a la prestación los siguientes grupos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos:
- Cónyuge sobreviviente.
- Conviviente, con acreditación legal de convivencia.
- Hijos menores de edad.
- Hijos con discapacidad, sin límite de edad.
- La pensión puede repartirse entre varios beneficiarios. Los porcentajes asignados se ajustan cuando se suma o excluye a un beneficiario, por ejemplo, si un hijo alcanza la mayoría de edad.
El monto se calcula en función del haber que percibía la persona fallecida, ya sea como trabajador activo con aportes o como jubilado:
- Cónyuge o conviviente sin hijos con derecho: 70% del haber.
- Cónyuge o conviviente con hijos con derecho: 50%.
- Hijos sin cónyuge conviviente: 50% para cada uno.
- Hijos con cónyuge conviviente: 20% para cada hijo.
Cuando un hijo cumple 18 años, su porcentaje se redistribuye, lo que puede aumentar el haber del cónyuge sobreviviente.
En agosto es monto es de $269.014 (70% del haber mínimo base), más la proporción correspondiente del bono adicional para quienes cumplan los requisitos.
Cómo tramitar la pensión desde el celular
El trámite digital tiene pocos pasos:
- Descargar la app Mi ANSES desde Google Play o App Store.
- Ingresar con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Verificar que los datos familiares estén actualizados, incluyendo matrimonio, hijos o convivencia.
- Reunir la documentación necesaria, como:
- DNI del solicitante y del fallecido.
- Partida de defunción.
- Certificado de matrimonio o convivencia.
- Partidas de nacimiento de hijos, si corresponde.
- Certificado de discapacidad, en caso de hijos con discapacidad.
- Luego de este paso inicial, es necesario solicitar un turno en ANSES para presentar la documentación en forma presencial.
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