Prohíben cobrar un "plus" por servicio de playa en la venta de combustibles

Economía

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Por NA

  • No podrán cobrar el servicio de playa.
  • El adicional era de 15 centavos por litro cargado.

La Justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata convalidó hoy una resolución que prohíbe a dueños de estaciones de servicio cobrar un adicional al valor del combustible en concepto de "servicio de playa", informaron fuentes judiciales.


 


El juez en lo contencioso administrativo platense Luis Federico Arias avaló la decisión al rechazar una medida cautelar presentada por la Federación de Entidades de Combustibles.



Ocurre que desde hace un mes varias estaciones del conurbano bonaerense comenzaron a adicionar dos pesos al valor del combustible, unos 15 centavos por litro cargado, como consecuencia del "uso de instalaciones por despacho".    



 Así, los dueños de las expendedoras de nafta y gasoil encontraron la forma de eludir los precios congelados de los combustibles.  En este contexto, el Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor de La Plata prohibió días atrás la imposición de este adicional en 70 estaciones de servicios ubicadas en la capital provincial.



Como respuesta, la Federación de Entidades de Combustibles solicitó una medida cuatelar por considerar que la resolución de la justicia municipal presentaba vicios en el procedimiento.  De acuerdo con Arias, la resolución del titular del juzgado de Defensa del Consumidor, Dante Rusconi, fue una medida cautelar  que tuvo como objetivo proteger los intereses del consumidor.

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