Trámite en ANSES: cómo sumar a un familiar a la obra social y qué papeles presentar

Economía

Los trabajadores jubilados y pensionados pueden gestionar la incorporación, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para cada caso.

Contar con una obra social permite acceder a una cobertura de salud para el titular y, en determinadas situaciones, también para sus familiares y personas a cargo. Para eso es necesario realizar el empadronamiento correspondiente.

Los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados pueden gestionar la incorporación de integrantes de su grupo familiar, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para cada caso.

Quiénes pueden incorporarse a la obra social

La cobertura puede incluir al cónyuge o conviviente y a los hijos solteros menores de 21 años. También pueden incorporarse hijos de hasta 25 años cuando se encuentren estudiando y, en el caso de hijos con discapacidad, no existe un límite de edad.

También es posible registrar a hijos del cónyuge o conviviente y a determinadas personas a cargo que convivan con el titular, siempre que se cumplan las condiciones y se presente la documentación correspondiente.

En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, ANSES permite gestionar la incorporación o baja de integrantes del grupo familiar desde Mi ANSES, dentro de la sección destinada a la obra social.

Qué documentación se necesita para cada familiar

Los requisitos cambian de acuerdo con el vínculo que se quiera acreditar. Para los hijos menores de 21 años, ANSES indica que no es necesario presentar documentación adicional.

Para otros casos, se debe presentar:

  • Hijos de 21 a 25 años que estudian: certificado de alumno regular emitido por una institución oficialmente reconocida.
  • Hijos con discapacidad: Certificado Único de Discapacidad (CUD), sin límite de edad.
  • Hijos del cónyuge o conviviente: formulario PS.5.3 si el titular es trabajador, o PS.5.5 si es jubilado o pensionado.
  • Personas a cargo que conviven con el titular: formulario PS.5.3 para trabajadores o PS.5.5 para jubilados y pensionados, además de una nota de aceptación de la obra social a la que se incorporará la persona.
  • Trabajadores en relación de dependencia: también pueden solicitarse DNI y el último recibo de sueldo. Este último requisito no es obligatorio si la persona acaba de comenzar a trabajar.

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