Los jubilados y pensionados de todo el país podrán cobrar sus prestaciones a través de una cuenta gratuita y con una tarjeta de débito asociada desde este jueves, similar a la "cuenta sueldo" para los trabajadores activos, de acuerdo con una reglamentación sancionada el miércoles por el Banco Central.
La norma indica que los bancos pagarán con este nuevo sistema a jubilados, pensionados, beneficiarios de planes de ayuda social y trabajadores a los que no les es aplicable la ley de Contrato de Trabajo, entre otros destinatarios.
Con la tarjeta "se podrá extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad financiera, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes", dijo el BCRA.
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"También se aplicará el mismo criterio a los haberes o prestaciones de la seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a las pensiones no contributivas, las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo y los beneficios correspondientes a planes de ayuda social", explicó el Central en un comunicado.
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La reglamentación estipula que las entidades financieras "no podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldos, aún los que se verifiquen por el uso de cajeros automáticos de distintas entidades y/o redes del país", explicitó el BCRA.
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En esos términos también se modificó la “Caja de ahorros para el pago de la asignación universal por hijo para protección social” para comprender otros planes de ayuda social implementados por el Gobierno nacional.
La norma establece que las remuneraciones percibidas por los trabajadores a los que no les es aplicable el Régimen de Contrato de Trabajo, podrán pagarse mediante su acreditación en una “Cuenta sueldo” abierta en una entidad financiera a nombre de aquellos.
Y que no habrá límite de extracciones de dinero en efectivo ni costo alguno para el trabajador en cuanto a su apertura, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario.
Asimismo, estas condiciones alcanzan al pago de prestaciones de la seguridad social (haberes pasivos), de pensiones no contributivas y de todos los planes o programas de ayuda social que sean implementados por el Gobierno Nacional.
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