Caso Ledo: la Corte Suprema dejó sin efecto la absolución de Milani y ordenó volver a revisar la decisión

Política

El eje de la decisión está puesto en el documento que atribuyó una supuesta deserción al soldado desaparecido en 1976 y en la prueba sobre la firma de Milani.

La Corte Suprema dejó sin efecto la absolución de César Milani en la causa por la desaparición del soldado Alberto Agapito Ledo y ordenó que el expediente vuelva a la Cámara Federal de Casación Penal para que se revise nuevamente la decisión.

El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci. El conjuez Luis Rabbi Baldi Cabanillas votó en forma concurrente, mientras que Carlos Rosenkrantz se pronunció en disidencia.

El punto central de la discusión está en un documento confeccionado pocos días después de la desaparición de Ledo: un sumario militar que presentó al soldado como desertor. Para la acusación, ese trámite habría servido para encubrir su desaparición.

Quién era Alberto Agapito Ledo y qué sucedió con él

Ledo tenía 20 años y cumplía el Servicio Militar Obligatorio en el Batallón de Ingenieros de Construcciones de La Rioja.

Desapareció el 17 de junio de 1976, mientras se encontraba en Tucumán. Según la reconstrucción incorporada al expediente, había salido durante la madrugada junto al entonces capitán Esteban Sanguinetti y nunca volvió al campamento.

Cinco días después, el 22 de junio, se confeccionó el sumario que atribuyó al soldado una supuesta deserción. La acusación sostuvo que Milani intervino en ese trámite cuando era subteniente y que su firma aparecía en el documento.

La firma que volvió a poner el expediente en discusión

La Corte hizo suyo el criterio expresado por la Procuración General de la Nación y cuestionó el modo en que Casación había confirmado la absolución. Según ese planteo, no se había valorado correctamente la prueba relacionada con la firma de Milani en el documento.

Uno de los elementos destacados fue que el propio ex jefe del Ejército había reconocido públicamente que esa firma era suya. A eso se sumó, según el análisis citado por la Corte, la circunstancia de que las pertenencias de Ledo habían quedado en el campamento, incluidos sus anteojos, pese a la hipótesis de que había abandonado voluntariamente el lugar.

Rabbi Baldi Cabanillas puso además el foco en otra cuestión procesal: consideró arbitraria la decisión de Casación de rechazar un peritaje caligráfico solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

Cabe señalar que la decisión de la Corte no implica una condena contra Milani. Lo que hace es dejar sin efecto la absolución y disponer que Casación vuelva a examinar el caso.

Milani fue absuelto en 2019 por el Tribunal Oral Federal de Tucumán, mientras que Sanguinetti, quien era su superior durante los hechos, fue condenado por su responsabilidad en los delitos cometidos contra Ledo. La absolución de Milani había sido posteriormente confirmada por instancias superiores hasta llegar a la Corte.

Durante aquel juicio, Milani negó haber tenido contacto con Ledo y rechazó cualquier participación en su desaparición. “A Ledo nunca lo vi en mi vida”, sostuvo. También afirmó: “Nunca encubrí, nunca torturé, no sé lo que es un centro clandestino de detención”.

En su última intervención ante el tribunal, agregó: “Uso mis últimas palabras para expresar mi firme convicción de que tanto aquí como en el juicio realizado en La Rioja se usaron acusaciones falsas para hacerle daño al Ejército Argentino más que a mí”.

Ahora, con la intervención de la Corte, la discusión judicial vuelve a Casación: deberá analizarse nuevamente la absolución y, particularmente, el valor de la documentación y de la prueba vinculada con el sumario militar confeccionado después de la desaparición de Ledo.

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