El Senado trata la reforma de Código Civil y Comercial
El debate comenzará tras la jura de los 24 senadores electos en octubre y al diálogo del jefe de Gabinete con los presidentes de bloque. La sesión se extendería hasta la madrugada del jueves.
En el mismo sentido, se establece que los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida "son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre con independencia de quién haya aportado los gametos".
En cuanto a cuestiones como la adopción, el proyecto indica que el niño puede ser adoptado "por un matrimonio, una unión convivencial o por una sola persona". Además, se subraya que "una adopción constituida en el extranjero debe ser reconocida en la Argentina cuando haya sido otorgada por los jueces del país del domicilio del adoptado".
El Código también menciona que "el hijo matrimonial lleva el primer apellido de alguno de los cónyuges" y que "en caso de no haber acuerdo, se determina por sorteo realizado en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas".
Entre las novedades en cuanto a cuestiones matrimoniales se incluye la posibilidad de que los contrayentes opten por el régimen de separación de bienes antes de la realización del matrimonio. Además, el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
La nueva normativa menciona a las "uniones convivenciales" como "la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo".
El nuevo Código establece que cuestiones como la responsabilidad del Estado Nacional y de sus funcionarios por los hechos y omisiones cometidos en el ejercicio de sus funciones será objeto de una ley especial.
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