Denunciaron penalmente a Manuel Adorni por incluir a su esposa en la comitiva oficial que viajó a Nueva York

Política

La presentación judicial la hizo el abogado Gregorio Dalbon por “presunta malversación de fondos”.

El jefe de Gabinete Manuel Adorni fue denunciado penalmente por el viaje de su esposa junto a la comitiva oficial a Nueva York.

La denuncia fue realizada por el abogado Gregorio Dalbon por presunta malversación de fondos públicos porque Adorni habría usado fondos públicos destinados al traslado de funcionarios para llevar a su esposa a Nueva York.

La presentación judicial se realizó ante la Cámara Federal y por sorteo recayó en el juzgado federal 3 a cargo del juez Daniel Rafecas.

“Si se desloma o no no es una excusa válida”, dijo Dalbon ya que “la función pública es una elección no una obligación, y si necesita su apoyo que vaya a terapia”, agregó el abogado.

Qué dice la denuncia penal contra Manuel Adorni

De acuerdo con información periodística de público conocimiento que dio cuenta que el actual Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Manuel Adorni, habría utilizado el avión presidencial en un viaje oficial a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos, trasladando en dicha aeronave a su esposa.

Según surge de la propia explicación brindada públicamente por el funcionario, en diversos medios periodísticos, la presencia de su cónyuge en el vuelo presidencial no habría estado vinculada a funciones oficiales ni a actividades institucionales del Estado, sino que habría obedecido a circunstancias personales.

De confirmarse tales extremos, la utilización de recursos públicos -en particular, de una aeronave oficial destinada al transporte del Presidente de la Nación y comitivas oficiales- para trasladar a una persona sin función pública podría constituir una utilización indebida de bienes del Estado, susceptible de encuadrar en las figuras penales previstas en los artículo 260 del Código Penal de la Nación, denunció el letrado

En ese sentido, corresponde destacar que los bienes y recursos estatales sólo pueden ser utilizados con fines estrictamente vinculados al ejercicio de la función pública, por lo que su empleo para fines particulares o ajenos a la actividad oficial podría configurar una afectación ilegítima del patrimonio estatal.

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