Piden a la Corte Suprema seguir investigando al dueño del ingenio Ledesma
Dos fiscales presentaron recursos ante el máximo tribunal para que revoque las faltas de mérito que beneficiaron a Pedro Blaquier en causas por presunto secuestros.
De Luca y Weschsler consideraron en sus recursos que la Cámara de Casación no tenía jurisdicción para resolver en el caso, pues la defensa ya había logrado el "doble conforme", es decir, el pronunciamiento del juez de primera instancia jujeño y de la alzada salteña en el sentido de procesar a Blaquier y Lemos.
Cada uno por su lado, los fiscales remarcaron que el pronunciamiento de la Sala IV de Casación "es equiparable por sus efectos a una sentencia definitiva", un "sobreseimiento encubierto", porque "priva efectivamente a las víctimas y a la sociedad del debido esclarecimiento y enjuiciamiento de la participación de distintas personas en delitos de lesa humanidad".
De Luca agregó que, en ese sentido, el tribunal "puso el carro delante de los caballos", porque privó a la fiscalía "probar en juicio la existencia de pruebas y elementos que anteceden a su análisis".
"No se acusa aquí a los directivos de Ledesma de tener el dominio de los hechos delictivos, sino de su aporte a los hechos delictivos de otros, donde estos cómplices 'no quieren conocer los detalles de su ejecución' (ex profeso, una ceguera ante los hechos de las acciones represivas contra sus propios empleados y pobladores del lugar donde ejercían dominio total), y esto es dolo, porque ese no querer saber significa que en realidad ya saben suficiente", explicó De Luca.
Wechsler, por su lado, indicó que "el desconocimiento de los detalles de la actuación desplegada por las fuerzas de seguridad en modo alguno exime de responsabilidad a los imputados, en tanto que la información con la que contaban bastaba para saber que toda cooperación a aquéllas no podía sino insertarse dentro de este contexto, del que si bien podía negarse un conocimiento comprensivo de todas sus aristas, afirmar un desconocimiento absoluto desde la posición ocupada por Blaquier y Lemos, equivaldría a colocarse en un estado de ignorancia deliberada".
El fiscal De Luca razonó que "no hubiese sido posible secuestrar a un trabajador de la empresa sin anuencia previa de ésta". "Después de los secuestros, la empresa no protestó ni reclamó explicaciones de tal proceder a las autoridades que se habían llevado a trabajadores suyos. Imaginemos la situación si uno de los secuestrados hubiese sido Lemos o un pariente o amigo de Blaquier", sostuvo.
De Luca recurrió además la resolución de la Cámara de Casación que ratificó la decisión de la Cámara Federal de Salta de rechazar la imputación contra Blaquier y Lemos por los delitos de violación de domicilio y torturas, y de confimar el grado de participación de Lemos como partícipe secundario de las privaciones ilegales de la libertad de las víctimas de la causa "Aredez".
El fiscal también pidió, en otra presentación del mismo tenor, que la Corte revoque la decisión del máximo tribunal penal de confirmar la falta de mérito del ex policía Juan De La Cruz Kairuz por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Aredez.
Wechsler, en tanto, recurrió además la decisión de la Cámara de Casación de confirmar el rechazo de ampliación de las imputaciones respecto de Blaquier y Lemos por los delitos de violación de domicilio, torturas y homicidios en el caso de las víctimas de "La Noche del Apagón".
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