El Gobierno porteño celebró el fallo del TSJ que respalda el uso del Ripte en las indemnizaciones laborales
Jorge Macri celebró la decisión del Tribunal Superior, que avala la actualización por Ripte incluso en casos previos a 2019 y limita los cálculos basados en la inflación.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires expresó su satisfacción tras la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño que confirmó que el índice Ripte -la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables- es el parámetro obligatorio para actualizar las indemnizaciones derivadas de accidentes laborales.
La decisión, celebrada por Jorge Macri a través de su cuenta en X, fue interpretada como un freno a lo que desde su gestión denominan “la industria del juicio”, un fenómeno que, según afirman, afecta la creación de trabajo y desalienta la actividad económica. Para el mandatario, contar con reglas estables es clave para atraer inversión y garantizar previsibilidad en los litigios que llegan a los tribunales laborales de la Ciudad.
El jefe de Gobierno fue contundente en su mensaje público y destacó el impacto que, a su entender, tendrá esta definición jurídica. “Este fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad le pone un freno claro y directo a las mafias de los juicios laborales”, escribió, antes de sostener que la medida constituye “un paso clave para terminar con la industria del juicio que destruye el empleo y lo precariza, espanta la inversión y se convierte en una trampa para el que produce y el que trabaja”.
También remarcó que para que Buenos Aires avance en materia institucional es necesario “seguir profundizando la transferencia de las competencias judiciales a la Ciudad”, de modo que los problemas que afectan al ámbito laboral sean resueltos sin interferencias externas y con mayor claridad normativa.
La Justicia fijó un límite a la actualización de las indemnizaciones laborales
El fallo del TSJ, que confirmó el índice Ripte para actualizar indemnizaciones incluso en litigios anteriores a 2019, marcó un precedente importante dentro del sistema judicial porteño. La decisión dejó en claro dos puntos centrales: que la actualización no debe realizarse siguiendo la inflación y que el Ripte es el único índice válido para calcular los intereses derivados de accidentes o enfermedades laborales.
Esta determinación pone fin a la práctica que durante años llevó los montos indemnizatorios a cifras consideradas desproporcionadas, especialmente en contextos de alta inflación, lo que generaba conflictos entre empleadores, aseguradoras y trabajadores. Además, el TSJ reafirmó su competencia en la materia, amparado en lo resuelto por la Corte Suprema en el caso Levinas, donde se estableció que es la máxima instancia de revisión para las causas provenientes de la justicia nacional radicadas en la Ciudad.
El caso puntual que originó esta resolución fue “Asociart SA ART s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en Valdez Carlos Alberto”, una demanda presentada por un trabajador gráfico que sostuvo haber desarrollado una enfermedad laboral por las tareas repetitivas y el esfuerzo físico que implicaba su actividad. La sentencia, firmada por los jueces Inés Weinberg, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi, contó además con una opinión coincidente del juez Luis Lozano y la disidencia de la magistrada Alicia Ruiz.
En su conjunto, el pronunciamiento determinó que el Ripte debe aplicarse también en casos anteriores al 2019, consolidando una doctrina que busca otorgar seguridad jurídica y previsibilidad en los juicios que se tramitan por accidentes de trabajo. Para el gobierno porteño, el fallo representa un mensaje institucional potente sobre la necesidad de avanzar hacia un sistema de justicia laboral más ordenado y sustentado en parámetros objetivos.
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