Por el aumento del empleo llega el fin de la doble indemnización

Política

Télam
Por Télam

El presidente Néstor Kirchner firmó hoy el decreto 1224 por el cual se elimina el plus indemnizatorio en los despidos sin causa justificada, que había sido sancionada en el marco de la Ley de Emergencia Económica.


 


Así lo anunció el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, en la Casa de Gobierno, quien además descartó que el fin de la doble indemnización tenga por respuesta una situación de despidos masivos.


 


"El contexto que atraviesa la Argentina no permite imaginar ese escenario", afirmó Tomada ante una consulta periodística.


 


El ministro dijo que "los empresarios han señalado que lo que necesitaban para crear más empleo era aclarar este tema de la doble indemnización, por lo que esperamos que tengan el comportamiento que han manifestado".


 


Tomada explicó que "se ha logrado bajar la desocupación por debajo de un dígito en cualquiera de sus indicadores", hecho por el cual "el presidente Kirchner ha firmado el decreto 1224 con relación al plus indemnizatorio, dando cumplimento al artículo 4 de la ley 25.972".


 


Para el ministro "es el resultado del crecimiento del empleo durante más de 50 meses consecutivos y de la caída de todos los índices de desocupación por debajo de un dígito".


 


"El crecimiento económico con inclusión social no muestra ningún índice de que pueda detenerse", sostuvo el ministro y subrayó que "la desocupación va a continuar descendiendo, la creación de puestos de trabajo se seguirá manteniendo y para estos meses dará un nuevo crecimiento del empleo".


 


El titular de la cartera laboral aclaró que el fin de la doble indemnización se dicta en cumplimiento a lo previsto en la ley, y "lo que se ha formulado en esta oportunidad es una precisión de una fecha para dar seguridad jurídica" y confió que entrará en vigencia "ocho días corridos después de la publicación" en el Boletín Oficial.


 


Tomada, destacó que "la actual indemnización simple es superior en términos reales a la protección económica que había en el 2002 con la doble".


 


"Recordemos esa etapa donde los despidos eran masivos y permanentes; ya no es así: ahora el 95 por ciento de los empleadores presuponen mantenimiento o incremento del personal; esa es la perspectiva", enfatizó Tomada.


 


Además, recordó que están en vigencia los decretos 265 del 2002 y el 328 de 1988, por los que las empresas en causas de despidos colectivos deben notificar previamente al Ministerio de Trabajo y subrayó que "las normas vigentes son lo suficiente protectoras para evitar actitudes intempestivas de algún empleador".


 


La decisión se adoptó al declararse cumplida la condición establecida en el primer párrafo del artículo 4 de la Ley 25.972 que disponía la prórroga de la suspensión de los despidos sin causa justificada que estipulaba el artículo 16 de la Ley 25.561 y sus modificatorias.


 


Allí se señalaba que dejaría de tener vigencia cuando las tasas de desocupación elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) resultara inferior al 10 por ciento.


 

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