El Senado convirtió en ley el proyecto sobre Alivio Fiscal

Política

Comprende a deudas vencidas hasta agosto pasado por un monto total inferior a $ 100.000.

El Senado convirtió en ley un alivio de las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro, como bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes) y que fue aprobado el miércoles a la mañana por la Cámara de Diputados tras una extensa sesión de más de veinte horas.

La decisión de discutir la iniciativa fue tomada al principio de la sesión que se llevó a cabo este jueves por la noche, luego de que el Frente de Todos logró imponer los votos de los dos tercios para que el proyecto sea debatido sobre tablas.

El peronista riojano Ricardo Guerra solicitó debatir el expediente este jueves, poco más de veinticuatro horas después de que fuera sancionado por la Cámara baja y sin que pase por comisiones.

El radical Julio Cobos dijo que Juntos por el Cambio estaba interesado en debatir el tema, pero pidió "un tiempo para estudiar el proyecto".

No obstante, el oficialismo hizo pesar su amplia mayoría y el tema fue puesto a discusión como ante último tema de la jornada, antes de debatir el proyecto de Ley de Juventudes.

En qué consiste el proyecto de Alivio Fiscal

El proyecto de "alivio fiscal" comprende a deudas vencidas hasta agosto pasado por un monto total inferior a $ 100.000.

La iniciativa, que busca un alivio fiscal y dar una señal clara para la salida de la pandemia, fija que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a $ 100.000 para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054, y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

También señala que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y punitorios, multas y demás sanciones, y no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

En este caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

Además, se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020 al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.

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