El gobierno nacional promulgó este martes la ley que establece una indemnización "por única vez" a las víctimas del atentado a la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), ocurrido el 18 de julio de 1994 que dejó 85 muertos y más de 300 heridos.
La ley, que fue aprobada en abril en la Cámara de Diputados, establece "un beneficio extraordinario a través de sus herederos o derechohabientes o por sí, según el caso, a las personas que hubiesen fallecido o sufrido lesiones graves o gravísimas" en el ataque terrorista.
Según la norma, cada heredero o derechohabiente de un fallecido tendrá derecho a cobrar "un monto equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 0, del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicado por 100, que según las cifras de la paritaria del sector de 2014, sumaría poco más de 1.620.000 pesos.
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Además, si algún beneficiario hubiera recibido con anterioridad una indemnización por parte del Estado relacionado con el atentado "los montos percibidos deberán deducirse del monto total que les corresponda como beneficio extraordinario".
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La norma votada por el Congreso nacional establece también que la indemnización estipulada "estará exenta de gravámenes, como así también, estarán exentas de tasas las tramitaciones judiciales o administrativas que tuvieren por finalidad la acreditación de las circunstancias o del vínculo". El decreto de promulgación, publicado hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández; del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.
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