La Justicia rechazó el amparo para que vuelvan las clases presenciales a Vicente López

Sociedad

El magistrado Oscar Papavero dijo que no hay elementos suficientes para exigir que abran las escuelas. Además, se declaró incompetente.

Vicente López deberá cumplir con el decreto suspende las clases presenciales. El juez federal Subrogante de San Martín Oscar Papavero rechazó hoy el pedido de medida cautelar que presentó el intendente Jorge Macri, para que vuelvan abrir las escuelas en ese distrito. El magistrado también se declaró incompetente para seguir interviniendo en el caso.

La decisión fue tomada a primera hora de esta mañana cuando comenzó a regir el decreto 241 que estableció para el AMBA la suspensión de las clases presenciales hasta el próximo 30 de abril en virtud del aumento de casos de coronavirus y el incremento de la crisis sanitarias por la segunda ola y la presencia de nuevas cepas.

El magistrado aseguró que “los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad”, en referencia al DNU 241. “En este sentido, el Alto Tribunal destaco que la suspensión precautoria no procede, en principio, respecto de actos administrativos o legislativos habida cuenta la presunción de validez que ostentan”, dijo en referencia a fallos de la Corte Suprema para dictar una medida cautelar.

"Nos denegaron el amparo que presentamos e iremos a la justicia provincial", confirmó este lunes Jorge Macri en declaraciones televisivas.

Macri aseguró que "las escuelas no han sido fuente de contagio relevante", y que hay que seguir "intentando de encontrar acuerdos" para que los chicos no dejen de asistir a las escuelas.

En ese sentido, el juez dijo que su convencimiento “no basta para confrontar, sin más, las decisiones gubernamentales de suspender provisoriamente la presencialidad en las escuelas, refutando las causas en que las autoridades las fundan”.

"Los elementos de juicio arrimados al legajo resultan insuficientes “per se” para justificar la pretensión cautelar con el mínimo grado de verosimilitud exigible, ni aun en el orden precautelar, en la medida en que no desvirtúan la presunción de legitimidad a la que aludiera en párrafos precedentes”, agregó.

El juez Papavero explicó que un amparo y una medida cautelar es una acción judicial que requiere una resolución rápida en la que no siempre se tiene los elementos necesarios. “Se carece asimismo de la información y documentación con que contara el Presidente de la Nación y su equipo para adoptar la decisión de suspender la presencialidad en la actividad escolar (conf. dec. Nac. 241/21); tampoco están los antecedentes en que se sustenta la adhesión del Gobernador de la Provincia respecto de tal decisión, por encontrarla “razonable y proporcionada”, ni aquellos que hacen a la determinación de los territorios afectados y las distintas “fases” en que se encuentran”, sostuvo el jue.

“Esta incerteza solo es superable mediante la producción de prueba, lo que imposibilita un pronunciamiento inmediato frente a la obligación de remitir lo actuado al juez competente”, concluyó.

Por otra lado, entendió que la demanda no debía ser contra el estado nacional, sino “exclusivamente contra la Provincia de Buenos Aires”, por lo que declaró la incompetencia de la justicia federal para intervenir en el caso.

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