El Gobierno avaló que se traslade el feriado del sábado y hay fin de semana largo para trabajadores del 130/75
Las cámaras empresarias y el sindicato acordaron trasladar el feriado por el Día del Empleado de Comercio, garantizando un fin de semana largo para el sector.
Se traslada el feriado por el Día del Empleado de Comercio
El Gobierno avaló que se traslade el feriado del sábado y hay fin de semana largo para los trabajadores del 130/75Las cámaras empresarias y el sindicato acordaron trasladar el feriado por el Día del Empleado de Comercio, garantizando un fin de semana largo para el sector.
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A través de un entendimiento entre las cámaras del sector y el gremio mercantil, se oficializó el corrimiento del feriado correspondiente al Día del Empleado de Comercio. De esta manera, los trabajadores comprendidos bajo el convenio colectivo gozarán de una jornada no laborable que configurará un esperado fin de semana largo.
Cómo funcionará el feriado para los empleados de comercio
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) confirmó que las partes signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 acordaron que la conmemoración, tradicionalmente fijada para el 26 de septiembre según la Ley 26.541, se traslade en esta oportunidad al lunes 28 de septiembre. El acta fue suscripta por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), encabezada por Armando Cavalieri, junto a las autoridades de la CAC, CAME y UDECA, solicitando su homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación.
En materia laboral y remunerativa, el acuerdo contempla los siguientes lineamientos:
- Apertura optativa: los comercios podrán abrir sus puertas siempre que sean atendidos por sus propios dueños o por dependientes que acepten concurrir voluntariamente.
- Asimilación a feriado nacional: los trabajadores mercantiles tienen la opción de prestar o no servicios durante esa fecha.
- Pago con recargo del 100%: en caso de prestar tareas, la jornada deberá liquidarse con un adicional del 100%, sin posibilidad de otorgar el día como franco compensatorio.
- Sin descuentos salariales: para quienes decidan descansar, el sueldo mensual no registrará descuentos ni afectará la liquidación del presentismo.
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