Infracciones de tránsito: las enormes diferencias de valores en las multas entre CABA y Provincia

Sociedad

Con la entrada en vigencia de una nueva normativa de tránsito, comenzó a regir una clasificación nacional que unifica 117 infracciones.

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires oficializó este mes el nuevo esquema sancionatorio que rige en las calles y rutas del territorio provincial durante el período vigente. La medida responde a la actualización periódica del cuadro tarifario de multas de tránsito, el cual se encuentra vinculado de manera directa con las variaciones registradas en el precio de venta al público de los combustibles de mayor octanaje.

En el escenario actual, muchos usuarios desconocen que ciertos descuidos habituales o maniobras imprudentes en la vía pública pueden derivar en expedientes contravencionales con valores de varios dígitos. Conocer el desglose puntual de los montos resulta indispensable para tomar dimensión sobre las faltas que los organismos de fiscalización buscan erradicar de forma prioritaria en los controles vehiculares desplegados.

Las diferencias de valores para las infracciones más frecuentes

La comparación directa entre los cuadros tarifarios vigentes expone las brechas puntuales que se registran según el lugar donde los inspectores de tránsito labren el acta de infracción:

  • Exceso de velocidad severo (más de 140 km/h): en CABA el tope sancionatorio alcanza los $3.799.960, mientras que en la Provincia la multa máxima llega a $2.271.000.

  • Circular sin la chapa patente o con la misma adulterada: en la Ciudad el valor fijo es de $949.990, frente a un techo provincial de $227.100.

  • Conducir sin la Verificación Técnica Vehicular aprobada: en la Capital la multa alcanza un tope de $379.996, mientras que en suelo bonaerense las escalas graves varían de $681.300 a $2.271.000.

  • Cruce de semáforo con luz roja: en la Ciudad se aplican multas de hasta $1.424.985, en comparación con la escala provincial de $681.300 a $2.271.000.

Los plazos de prescripción, la otra diferencia entre Capital y Provincia

La legislación otorga plena autonomía a las distintas jurisdicciones del país para que adecuen estas pautas de caducidad y apliquen criterios diferenciados dentro de su ámbito territorial.

Esta facultad descentralizada provoca un contraste notorio en la duración de las actas entre distritos vecinos. Los puntos centrales que determinan el vencimiento de las infracciones comprenden los siguientes aspectos:

  • Criterio según el marco nacional: establece una distinción clara fijando dos años de plazo para la caducidad de faltas leves y cinco años para las infracciones de carácter grave.

  • Esquema en la Provincia de Buenos Aires: la administración bonaerense adhiere al lineamiento nacional, conservando la diferenciación en los tiempos de caducidad según el tipo de falta cometida.

  • Regulación en la Ciudad de Buenos Aires: en el territorio porteño rige un marco unificado donde la totalidad de las actas prescribe a los cinco años contados desde la fecha de emisión, sin distinguir la gravedad del hecho.

De este modo, los automovilistas deben contemplar no solo el impacto monetario de las penalidades, sino también las reglas específicas de caducidad que aplican los juzgados de faltas correspondientes a la zona donde se registró la falta.

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