Absuelven a dos médicas del SAME que no atendieron a un enfermo en la villa 31
La Cámara de Apelaciones en lo Penal entendió que los profesionales no incurrieron en el delito de "abandono de persona" por no atender a un enfermo de epilepsia que vivía en el asentamiento y murió en 2011.
El caso ocurrió hace tres años,cuando dos médicas del SAME no ingresaron con la ambulancia a la Villa 31 a atender al paciente, por lo cual luego este murió. Las doctoras fueron denunciadas por "abandono de persona agravada" en perjuicio de Humberto Ruíz. En primera instancia fueron declaradas culpables y condenadas a tres años de prisión en suspenso.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones, compuesta por los jueces Marcelo Vázquez, Silvina Manes y Pablo Bacigalupo dictaminaron por unanimidad revocar la condena ya que, entendieron, no se encontraba configurada la culpabilidad "ante la existencia de un error exculpante invencible".
Según las grabaciones de las conversaciones radiofónicas, los magistrados interpretaron que no sabían cómo actuar, "es decir, si la ambulancia debía ingresar hasta el domicilio de Ruiz o si el paciente debía acercarse al punto de encuentro".
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