Entró en vigencia la ley que impide las excarcelaciones a quienes cometen delitos con armas de fuego en la provincia de Buenos Aires.
Los delitos cometidos con armas de fuego dejarán de ser excarcelables, ya que el viernes entró en vigencia la ley 14.434, que modificó el artículo 171 del Código Procesal Penal provincial.
La modificación del artículo 171 expresa que "en ningún caso se concederá la excarcelación cuando hubiere indicios vehementes de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación".
Establece que tampoco se concederá el beneficio "en los supuestos de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre".
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De la misma forma, no serán excarcelables quienes "intentan eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento".
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En su artículo segundo, la norma indica que "las disposiciones de la presente Ley regirán en forma inmediata y se aplicarán aún respecto de los procesos, incidentes y recursos en trámite, sin afectar derechos adquiridos ni la validez de los actos cumplidos".
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