Un barra de River irá a indagatoria por lavado de dinero
La causa se inició a raíz de un llamado telefónico anónimo recibido el día 19 de junio pasado en la Fiscalía a través del cual una voz masculina que no se identificó manifestó que Roque Raposo estaba planeando secuestrar al abogado penalista Rodrigo González.
"Tras más de tres meses de análisis, el día 13 de noviembre de 2014 la UIF remitió el informe encomendado. Su contenido y conclusiones son determinantes" para el pedido de indagatoria, sostuvo el fiscal.
También es propietario de un vehículo marca Audi modelo A3 Sporbak dominio III-973, el cual tendría un valor de mercado aproximado de doscientos veinte mil pesos ($ 220.000), aunque fue adquirido por Raposo por ochenta mil pesos ($ 80.000) durante el mes de abril de 2013.
"Esta circunstancia por sí sola resulta llamativa, debido a que adquirió un vehículo de alta gama a menos de ciento cuarenta mil pesos ($140.000) de su valor de referencia en plaza", dice el fiscal. También es propietario de un inmueble ubicado en la calle Asamblea al 2000. Pero luego de un análisis de su situación, "la UIF reveló inconsistencias en el perfil económico de Roque Emanuel Antonio Raposo al punto de que concluyó que no tiene capacidad económica suficiente para adquirir o administrar los bienes que se encuentran a su nombre".
Raposo presenta nueve cruces migratorios, los últimos dos fueron realizados durante el mes de junio del corriente año a la República Federativa del Brasil, coincidiendo ese tiempo con la fecha en que se realizó el Campeonato Mundial de Fútbol. "En este sentido, sin perjuicio de que no fue mencionado por la UIF, creemos relevante destacar que en ese momento los pasajes aéreos al vecino país superaban con holgura los diez mil pesos. Un dato más".
"Desde ya adelantamos que se trata de la conducta prevista en el artículo 303 del Código Penal, la cual se ubica en el Título XIII del Código Penal que trata sobre los "Delitos contra el orden Económico y Financiero", dice uno de los párrafos del dictamen.
En la causa hay dos premisas claras, según el fiscal, la primera es que Roque Raposo "posee bienes que no condicen con su nivel económico de vida porque no registró, en los últimos diez años, ninguna actividad laboral que permita generar ingresos lícitos. La segunda, consiste en que fue investigado por el comercio de estupefacientes y, durante la sustanciación de esa investigación se determinó, además, que posee varios locales comerciales y que integraría la barra brava del Club Atlético River Plate respecto de quienes se ignora una actividad lícita concreta, aunque es sugestiva su existencia por los motivos que mencionamos anteriormente".
"La conclusión, debe ser intimado por el presunto lavado de activos en los términos del artículo 294 del código de formas, por el comportamiento tipificado en el artículo 303 del Código Penal y a efectos de que pueda ejercer su derecho de defensa en juicio", finalizó el fiscal.
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